INVERSIONES Y ASESORIAS GA SPA/BARRA Y OLIVARES LIMITADA
Rol
Fecha
4 de marzo de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, señala, en su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se impugna por esta vía. Y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 213 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha treinta y uno de enero del año en curso, y concedido el día quince de febrero, en contra de la resolución de fecha veinticinco de enero de los corrientes. Devuélvase. N°Civil-2.330-2.022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación interpuesto con fecha treinta y uno de enero del año en curso, y concedido el día quince de febrero, en contra de la resolución de fecha veinticinco de enero de los corrientes. Devuélvase. N°Civil-2.330-2.022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, cuatro de marzo de dos mil veintidós.-cmos- Vistos y teniendo presente: Que según lo dispuesto en el artículo 8° de la Ley N°18.101, señala, en su numeral 9° que “sólo serán apelables la sentencia definitiva de primera instancia y las resoluciones que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación”, naturaleza jurídica que no reviste la providencia que se imp
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