GOBERNACIÓN PROVINCIAL DEL LIMARÍ/SERVICIOS DE SEGURIDAD PROSEGUR REGIONES LTDA.
Rol
Fecha
2 de marzo de 2022
Materia
LEYES ESPECIALES NO SEÑALADAS
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los
Fundamentos
considerandos sexto y séptimo, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR, Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que el denunciado acompañó a fojas 56 la aprobación de la Directiva de Funcionamiento relacionada con la empresa denunciada RRHH Prosegur Regiones Ltda., aprobada por Resolución N°240 emitida por Carabineros de Chile, IV Zona Coquimbo, Prefectura Limarí N°16, con vigencia desde el día 9 de noviembre de 2020, para las labores de vigilancia en la instalación de Supermercado Abarrotes Económicos S.A., ubicada en calle Maestranza N°443 de la comuna de Ovalle, que corresponde precisamente el lugar donde se constató la infracción que motiva el presente requerimiento, por lo que conforme al artículo 8 del decreto 3607 del año 1981, del Ministerio del Interior, haciendo uso de las facultades normativas allí previstas, esta Corte estima que el denunciado ha salvado la omisión denunciada, y en consecuencia, se procederá a dictar sentencia absolutoria, siendo inoficioso pronunciarse respecto de las demás alegaciones formuladas por el apelante en su arbitrio.
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 32 de la Ley 18.287, 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la sentencia apelada de fecha seis de octubre de dos mil veintiuno, escrita de fojas 32 a 33 vuelta, que condenó a la denunciada RRHH Prosegur Regiones Ltda., por una supuesta infracción al artículo 15 del Decreto Supremo Nº93 del año 1985, y, en su lugar, se declara que se absuelve a la denunciada del requerimiento formulado en su contra por el Gobernador Provincial de Limarí. Regístrese y devuélvase. Rol N° 228-2021 P. Local.-
Texto Completo (Preview)
Gobernador de la Provincia del Limarí Servicio de Seguridad Prosegur Regiones Ltda. Infracción Decreto Ley 3.607 y D.S. 93 Rol N° 228-2021.- (6551-2020 Juzgado de Policía Local de Ovalle) La Serena, dos de marzo de dos mil veintidós. VISTOS: Se reproduce la sentencia en alzada, con excepción de los considerandos sexto y séptimo, que se eliminan. Y TENIENDO EN SU LUGAR, Y, ADEMÁS, PRESENTE: Que
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