SIN INFORMACION

HERRERA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA

Rol

Fecha

2 de marzo de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha veintitrés de agosto dos mil veintiuno, comparece doña Milagros Nathalia Herrera Lugo, de nacionalidad venezolana, quien representada por abogados interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Alvaro Bellolio Avaria, por la omisión ilegal y arbitraria que consiste en la falta de pronunciamiento respecto a la solicitud de permanencia definitiva, realizada con fecha primero de julio de dos mil veinte, siendo perturbado el recurrente en la garantía constitucional establecida en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en las normas pertinentes de la Ley N° 19.880. Funda su recurso en que ingresó su solicitud de residencia definitiva en la fecha antes individualizada, a través de la página web de la recurrida, la que fue admitida a tramitación, estando acompañada, según indica, de todos los documentos y en cumplimiento de los requisitos establecidos para su otorgamiento. Sostiene que desde esa fecha no recibió notificación respecto del requerimiento, por lo que el día veintinueve de junio de dos mil veintiuno efectuó una solicitud de información respecto del estado del trámite, no recibiendo respuesta. Argumenta que a la fecha de interposición del recurso ha transcurrido más de un año sin obtener respuesta, circunstancia que le causaría un particular agravio, toda vez, que según expone, en el mes de octubre del año dos mil veinte fue víctima de un delito, quedando sin ningún tipo de documentación, describiendo las diversas problemáticas que dicha situación trae aparejadas. Luego de puntualizar las garantías que, según indica, serían conculcadas y como se configuraría su infracción, además de citar jurisprudencia y normas que considera aplicables al efecto, solicita se acoja el recurso interpuesto y se adopten las providencias ne

Fallo

Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en las normas citadas, en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se rechaza, sin costas la acción de protección impetrada en favor de doña Milagros Nathalia Herrera Lugo, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile. Sin perjuicio de lo antes resuelto, dado el principio de la eficiencia y eficacia, se insta a que la autoridad recurrida efectúe el proceso en análisis con la mayor celeridad posible, dictándose el consecuente acto terminal. Regístrese, comuníquese y archívese. N°Protección-37681-2021.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de marzo de dos mil veintidós. A los folios 15 y 16: A todo, téngase presente. Vistos y teniendo presente: Primero: Que con fecha veintitrés de agosto dos mil veintiuno, comparece doña Milagros Nathalia Herrera Lugo, de nacionalidad venezolana, quien representada por abogados interpone recurso de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración depen

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