ACOSTA CON CLUB DEPORTIVO PUNTA DE CORTES
Rol
Fecha
2 de marzo de 2022
Materia
OPOSICIÓN REGULARIZACIÓN POSESIÓN D.L. 2.695
Resultado
DE FALLO
Hechos
Vistos: Y teniendo únicamente presente que la citación a la audiencia respectiva se notificó con la antelación que ordena el artículo 22 del DL 2695 de 1979, no procede hacer efectivo el apercibimiento que trata esa norma por no darse los supuestos que allí se establecen. Y visto lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha 19 de octubre de 2021, folio 7, cuaderno de incidente, dictada en estos antecedentes Rol C 9992-2021 del Primer Juzgado Civil de Rancagua, en cuanto acoge el incidente de nulidad, dispone ese apercibimiento y tiene por no presentada la oposición y, en su lugar se declara que se rechaza dicha incidencia de nulidad y demás decisiones citadas, debiendo el juez no inhabilitado que corresponda citar a una nueva audiencia de contestación y conciliación. Comuníquese. Rol I Corte N° 735-2021 Civil - .
Fallo
se declara que se rechaza dicha incidencia de nulidad y demás decisiones citadas, debiendo el juez no inhabilitado que corresponda citar a una nueva audiencia de contestación y conciliación. Comuníquese. Rol I Corte N° 735-2021 Civil - .
Texto Completo (Preview)
Rancagua, dos de marzo de dos mil veintidós. Vistos: Y teniendo únicamente presente que la citación a la audiencia respectiva se notificó con la antelación que ordena el artículo 22 del DL 2695 de 1979, no procede hacer efectivo el apercibimiento que trata esa norma por no darse los supuestos que allí se establecen. Y visto lo dispuesto en el artículo 186 y siguientes del Código de Procedimiento
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