8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

MP C/ CLINICA UROLOGICA UROMED

Rol

Fecha

2 de marzo de 2022

Materia

LESIONES GRAVES . ART. 397 Nº2.

Resultado

CONFIRMADA

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos y oídos los intervinientes: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto en estrados por los comparecientes y compartiendo los

Fundamentos

fundamentos del tribunal a quo, se confirma la resolución apelada de siete de enero del año en curso, dictada por el Octavo Juzgado de Garantía de Santiago, por la que se rechazó el sobreseimiento definitivo del imputado Nelson Orellana Salinas en estos autos. Acordada con el voto en contra de la Ministra señora Lusic, quien estuvo por revocar la resolución en alzada y, en su lugar, decretar el sobreseimiento definitivo, por prescripción de la acción penal, ello en atención a que ha transcurrido el plazo legal desde la perpetración del hecho denunciado, esto es, el 15 de octubre de 2015, que no se ha visto suspendido por no haberse realizado la formalización de la investigación en contra del recurrente ni de persona alguna, y sin que la querella interpuesta produzca el efecto de suspender el cómputo del plazo, por tratarse de una acusación innominada “en contra de quienes resulten responsables”, y en consecuencia, no dirigida en contra de recurrente Nelson Orellana Salinas, como lo ordena el artículo 96 del Código Penal. Comuníquese por la vía más rápida. Devuélvase. Rol Corte: Penal-211-2022 Ruc: 1501006735-6 Rit : O-6944-2016 Pronunciada por la Tercera Sala de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago, presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y el Abogado Integrante señor Joel González Castillo. Resolución incluida en el Estado Diario de hoy.

Texto Completo (Preview)

CORTE DE APELACIONES DE SANTIAGO Santiago, dos de marzo de dos mil veintidós. Sala: Tercera Rol Corte: Penal-211-2022 Ruc: 1501006735-6 Rit : O-6944-2016 Juzgado: 8º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO Integrantes: presidida por la Ministra señora Dobra Lusic Nadal, conformada por el Ministro señor Alejandro Rivera Muñoz y el Abogado Integrante señor Joel González Castillo. Relator (S): Fernando Ris

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