MINISTERIO PUBLICO C/ JONATHAN ALEXIS PONCE REYES
Rol
Fecha
2 de marzo de 2022
Materia
VIOLACION DE MORADA. ART.144
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado, y teniendo en consideración que lo reprochado por el Defensor es la concurrencia del requisito de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal en virtud del cual se decretó la medida cautelar de prisión preventiva por peligro para la seguridad del ofendido, en este caso, la madre del imputado Jonathan Alexis Ponce Reyes, quien ha sido formalizado por los delitos de violación de morada y desacato en contexto de violencia intrafamiliar, ilícitos que fueron perpetrados estando sujeto a una medida cautelar de prohibición de acercarse a la víctima y a su domicilio, decretada en juicio por idéntico delito, amén de encontrarse formalizado anteriormente por dos delitos de igual naturaleza, lo que constituye, tal como lo señaló el Juez a quo, una conducta contumaz del encartado, SE CONFIRMA la resolución apelada de veinte de febrero del año en curso, dictada en la causa RIT O-904-2022, RUC Nº 2200166516-6, del Juzgado de Garantía de esta ciudad, por constituir la libertad de Ponce Reyes un peligro para la seguridad de la víctima. Comuníquese vía interconexión. Rol N° 100-2022 Penal.
Texto Completo (Preview)
Arica, dos de marzo de dos mil veintidós. VISTO: Atendido el mérito de los antecedentes expuestos por los intervinientes en estrado, y teniendo en consideración que lo reprochado por el Defensor es la concurrencia del requisito de la letra c) del artículo 140 del Código Procesal Penal en virtud del cual se decretó la medida cautelar de prisión preventiva por peligro para la seguridad del ofendido
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