JUZGADO DE LETRAS Y GARANTIA DE PUERTO AYSEN

EXPORTADORA LOS FIORDOS LIMITADA/INSPECCION PROVINCIAL DEL TRABAJO DE AYSEN

Rol

Fecha

1 de marzo de 2022

Materia

RECLAMO MULTAS ADMINISTRATIVAS

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS Y OIDO: En estos antecedentes RIT I-9-2021; Rol Corte 4-2022, caratulados “Exportadora Los Fiordos Ltda., con Inspección Provincial del Trabajo de Aysén”, doña Verónica Bórquez Catalán, abogada de la reclamada, en su presentación de 14 de diciembre de 2021, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por el Juez Titular del Juzgado de Letras de Puerto Aysén, don Rodrigo Alfredo Grez Fuenzalida, con fecha uno de diciembre de 2021, por la cual se acoge la reclamación interpuesta por don Horacio Álvaro Varela Walker, en representación de EXPORTADORA LOS FIORDOS LTDA. en contra de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DEL TRABAJO DE AYSÉN, y deja sin efecto la resolución de multa N°1881/21/14 de fecha 1 de marzo de 2021; solicitando, en definitiva, que se invalide la sentencia recurrida, por haberse dictado con infracción de ley, dictando otra en su reemplazo que declare que se rechaza la reclamación judicial deducida en autos en contra de la multa antes referida. Con fecha 23 de febrero de 2022, se procedió a la vista de la causa, alegando solamente por la parte recurrente, doña Camila Velásquez Paredes, apoderada de la parte reclamada, Inspección Provincial del Trabajo de Aysén, quedando la causa en estado de acuerdo. Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, el recurrente fundamenta su recurso de nulidad, en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, haber sido dictada la sentencia con infracción de ley que ha influido sustancialmente en lo dispositivo del

Fallo

fallo al realizar una incorrecta interpretación y aplicación del artículo 3°, inciso 4 y 7, del Código del Trabajo, al dejar sin efecto la multa a pesar de no existir un fallo o procedimiento que declare la unidad económica entre la empresa reclamante, Exportadora Los Fiordos y Empresas Aquachile S.A. Sostiene que se fiscalizó a la empresa principal Exportadora Los Fiordos en virtud de un accidente fatal ocurrido al trabajador de la empresa contratista, aplicándosele a ésta la multa 1881/2021/14-1. En contra de esta multa y en conformidad al artículo 503 Código del Trabajo, la empresa interpuso reclamación judicial, solicitando que se deje sin efecto o se reduzca su monto, fundándose en error de hecho al cursar la sanción, solicitando por su parte el rechazo de la reclamación, por cuanto se había obrado conforme a derecho al dictar la multa, toda vez que la reclamante no exhibió la documentación solicitada, o más bien exhibió documental correspondiente a una razón social distinta, por tanto, el fiscalizador constató que la empresa al exhibir documental de una razón social y rut distinto a Exportadora Los Fiordos, no dio cumplimiento y cursó la sanción correspondiente. En tanto, en la sentencia definitiva de fecha 01.12.2021, al resolver respecto de la multa, el sentenciador en el Considerando 7°, en razón de la revisión del informe de Fiscalización, del Reglamento de seguridad y salud ocupacional para contratistas y subcontratistas, indica que la empresa fiscalizada utilizab

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Coyhaique, a uno de marzo de dos mil veintidós. VISTOS Y OIDO: En estos antecedentes RIT I-9-2021; Rol Corte 4-2022, caratulados “Exportadora Los Fiordos Ltda., con Inspección Provincial del Trabajo de Aysén”, doña Verónica Bórquez Catalán, abogada de la reclamada, en su presentación de 14 de diciembre de 2021, interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva dictada por el Juez

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