VERONICA BOU ECHEGARAY/JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES (JUNJI
Rol
Fecha
28 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Makarena García Dinamarca, abogada, en favor de doña VERÓNICA GABRIELA BOU ECHEGARAY, Educadora de Párvulos y Educadora Diferencial, domiciliada en Parcela 36 Angelino, Altovasol, La Serena, quien interpone acción constitucional de protección en contra de la JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, representada por su Vicepresidenta Ejecutiva doña Adriana Gaete Somarriva, y de don Tomas González Sepúlveda en su calidad de DIRECTOR REGIONAL DE COQUIMBO DE LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, quien representa a la Junta Nacional de Jardines Infantiles en adelante JUNJI en la región de Coquimbo, con domicilio en la ciudad de La Serena, en calle Cordovez 535, La Serena o por quien en derecho la represente, por haber incurrido éstos en un acto ilegal y arbitrario al dictar la Resolución TRA N° 110835/13/2021 de fecha 14 de diciembre de 2021, que declaró vacante su cargo por salud incompatible, lo que vulnera su garantía fundamental de los números 1, 2 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Solicita que se reestablezca el imperio del derecho, adoptando las medidas que juzgue necesarias, debiendo dejar sin efecto la resolución impugnada y reincorporar a la funcionaria a su cargo, y proceder al pago de todas las remuneraciones y estipendios correspondientes debidamente reajustados, entre la fecha de la separación y la de su efectivo reingreso, con expresa condenación en con costas. Fundando su recurso, indica que la recurrente comenzó a prestar funciones en la JUNJI Coquimbo el 10 de abril 2017 en calidad de honorarios, renovándose sus contratos en dicha calidad hasta el 31 de octubre 2019. Desde el 01 de noviembre 2019 fue traspasada en calidad de contrata al estamento profesional, dicha contratación se extendía hasta el 31 de diciembre de 2019, renovándose su contrata para los años 2020, 2021 y 2022. Precisa que se desempeñaba en la Subdirección de Calidad Educativa, donde realizaba labores de Educadora itinerante del Programa de Mejoramiento a la Infancia (PMI)desde el 10 de abril a agosto de 2017, acompañamiento a 7 PMI de la región; Coordinadora regional programas CECI, desdé septiembre 2017 a febrero de 2020 gestionar las necesidades de los 13 centros de la región; Coordinadora Regional programas MDS, desde marzo 2020 a 25 de marzo 2021; y Encargada de monitoreo y seguimiento de programas alternativos, la traspasaron desde la subdirección de calidad educativa a la subdirección de planificación, a la unidad de operaciones, el día 26 de marzo 2021. Detalla que producto de distintas situaciones y de una presión laboral, se vio en la necesidad de recurrir a un Psiquiatra, quien estableció que padecía un episodio depresivo grave. Estuvo con licencia desde el día 14 de julio de 2020 hasta el día 23 de enero de 2021, ambos inclusive, siendo sometida a terapias psicológicas y tratamiento farmacológico. Su médico le señala que puede retomar sus funciones, sujeta a evaluación, y con
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 20 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre la materia, se acoge el recurso de protección deducido por doña Verónica Gabriela Bou Echegaray en contra de la Dirección Regional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles de Coquimbo, por lo que se deja sin efecto la Resolución TRA N° 110835/13/2021 de 14 de diciembre de 2021, debiendo la recurrida reincorporar a la actora al Servicio y proceder al pago de todas las remuneraciones y estipendios correspondientes, debidamente reajustados, entre la fecha de la separación y la de su efectivo reingreso. Regístrese, comuníquese y archívese. Redacción del Ministro Titular don Vicente Hormazábal Abarzúa. Rol N° 82-2022. Protección.
Texto Completo (Preview)
Boy Ecchegaray, Verónica Gabriela Junta Nacional de Jardines Infantiles Recurso de Protección Rol N°82-2022.- La Serena, veintiocho de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que comparece doña Makarena García Dinamarca, abogada, en favor de doña VERÓNICA GABRIELA BOU ECHEGARAY, Educadora de Párvulos y Educadora Diferencial, domiciliada en Parcela 36 Angelino, Altovasol, La
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