SIN INFORMACION

MIRABAL/MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PU´BLICA DE CHILE

Rol

Fecha

28 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece doña Yelitza Inés Mirabal Sandoval, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, por la omisión ilegal y arbitraria en pronunciamiento sobre la solicitud de permanencia definitiva, solicitada con fecha 17 de febrero de 2020, que afecta el principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 número 2 de la Constitución Política de la República, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 27 de Ley 19.880. Refiere que ingresó al país en calidad de turista y que estando dentro del país cambio su condición migratoria a residente temporario. En ese sentido, con fecha 17 de febrero de 2020, previo al vencimiento de su visa realizó su solicitud de permanencia definitiva, realizando el pago de derechos. Para el 11 de noviembre de 2021 la solicitud presentaba un avance de 85%, transcurriendo desde que solicitó el beneficio migratorio, 1 año, 11 meses, 17 días. Sin embargo, a la fecha no ha recibido ninguna respuesta por parte del recurrido, lo que la mantiene en una situación de preocupación e incertidumbre ante un trámite por demás demorado, sin tener opciones de consulta, ya que migración suspendió todas sus atenciones de forma presencial y la plataforma web de consulta no funciona desde hace unos 3 meses aproximadamente. Recalca que en certificado de ampliación de visa de residencia definitiva en trámite indica “Número de Solicitud de Permanencia Definitiva: 49, GOB DIGUILLÍN.” Estima que de acuerdo a los hechos antes descritos, las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados lo son por la omisión arbitraria e ilegal por parte del recurrido en el excesivo tiempo de tramitación en dar respuesta de solicitud de permanencia definitiva, y sin que la autoridad administrativa se haya pronuncia

Fallo

por tanto, la dilación del recurrido en el pronunciamiento sobre la mentada solicitud, en este caso particular, debe ser calificada de ilegal y arbitraria porque vulnera la garantía de igualdad ante la ley consagrada en el artículo 19 N° 2 de la Carta Fundamental, en tanto importa una discriminación en contra de la recurrente en relación con el trato dispensado a otros interesados que, en situación jurídica equivalente, han podido tramitar debidamente sus solicitudes, obteniendo una respuesta formal en la que se contengan las razones conforme a las cuales la autoridad ha adoptado la decisión terminal pertinente. Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la excelentísima Corte Suprema sobre la materia, se acoge, sin costas el recurso de protección interpuesto por Yelitza Inés Mirabal Sandoval, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, solo en cuanto se dispone que el recurrido deberá emitir el pronunciamiento que en derecho corresponda respecto de la solicitud de permanencia definitiva presentada ante ella por el referido actor dentro del plazo de treinta días corridos contados desde la notificación de esta sentencia. Notifíquese. En su oportunidad, dese cumplimiento al numeral 14 del Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre tramitación y fallo del Recurso de Protección, regístrese

Texto Completo (Preview)

Chillán, veintiocho de febrero de dos mil veintidós. Visto: 1°.- Que, comparece doña Yelitza Inés Mirabal Sandoval, de nacionalidad venezolana, interponiendo acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, representado por don Álvaro Bellolio Avaria, por la omisión ilegal

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