18º JUZGADO CIVIL DE SANTIAGO

FARÍAS/DURÁN

Rol

Fecha

2 de marzo de 2022

Materia

INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS TRANSPORTE TERRESTRE

Resultado

INADMISIBLE

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha siete de enero del año en curso, contra de la resolución de fecha veintitrés de septiembre de dos mil veinte y concedido el día veinticuatro de enero de los corrientes. Devuélvase. N°Civil-2.180-2.022.

Fallo

se declara inadmisible el recurso de apelación deducido con fecha siete de enero del año en curso, contra de la resolución de fecha veintitrés de septiembre de dos mil veinte y concedido el día veinticuatro de enero de los corrientes. Devuélvase. N°Civil-2.180-2.022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Santiago Santiago, dos de marzo de dos mil veintidós.-cmos- Vistos y teniendo presente: Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil,

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