Jdo. Cob. Laboral y Previsional de Concepción

CASTRO/BRAVO INGENIERIA Y CONSULTORIA LIMITADA

Rol

C-733-2019

Fecha

24 de febrero de 2020

Materia

Resultado

No especificado

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Hechos

Visto: 1°.- Que, comparece el ejecutado subsidiario manifestando que ha realizado los esfuerzos por cumplir las obligaciones, para lo cual con fecha 27 de junio de 2019 procedió a convalidar el despido mediante carta certificada remitida al domicilio del demandante, de manera de evitar mantener indefinidamente el pago de las obligaciones laborales que en virtud de nulidad de despido decretada, proceda pagarse. Por lo señalado solicita tener por presentada solicitud de convalidación del despido; 2°.- Que, evacuando el traslado conferido, la contraria solicita se rechace la solicitud convalidación, fundado en que la incidencia de convalidación debe ser alegada en el plazo para objetar la liquidación, por cuanto el objeto de ello es paralizar los efectos de la nulidad del despido, por lo que la liquidación de autos se encuentra firme. Expresa que no se ha indicado las condiciones en que se hubiere convalidado el despido. Indica que de acuerdo a los antecedentes acompañados, los montos considerados como remuneraciones para pagar las cotizaciones no se ajustan a lo ordenado en la sentencia dictada; 3°.- Que, la presente causa tiene su origen en sentencia dictada con fecha 13 de junio de 2019, por el Juzgado del Trabajo de Concepción, que aplica la sanción contemplada en el artículo 162 del Código del Trabajo, por cuanto no se han pagado las cotizaciones de salud correspondientes a los meses de abril y mayo de 2018, debiendo enterarse aquellas a razón de $2.612.969 mensuales; 4°.- Que, en consecuencia, atento lo dispuesto en el artículo 162 inciso 6 del Código del Trabajo, el ejecutado para proceder a la convalidación del despido debía pagar las imposiciones morosas del trabajador, y comunicar dicho pago mediante carta certificada; 5°.- Que, a fin de acreditar la convalidación alegada, el ejecutado acompaña la documental de: a) Carta remitida con fecha 21 de junio de 2019 a la ejecutada, dando cuenta del pago de las cotizaciones adeudadas; b) Comprobante de envío de carta

Fallo

se resuelve: Se rechaza el incidente de convalidación del despido, sin costas, por estimarse que ha existido motivo plausible para litigar. RIT: C-733-2019 RUC: 18-4-0118459-3 Proveyó el Juez del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de Concepción, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En Concepción a veinticuatro de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. MVRXXXEYEQ Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.horaoficial.cl 2020-02-24T14:58:49-0300 Firma Firma 1

Texto Completo (Preview)

Concepción, veinticuatro de febrero de dos mil veinte. Resolviendo derechamente el incidente promovido: Visto: 1°.- Que, comparece el ejecutado subsidiario manifestando que ha realizado los esfuerzos por cumplir las obligaciones, para lo cual con fecha 27 de junio de 2019 procedió a convalidar el despido mediante carta certificada remitida al domicilio del demandante, de manera de evitar mantener

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