MP C/ CARLOS PATRICIO RIVERA CHAVEZ
Rol
Fecha
28 de febrero de 2022
Materia
TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes, lo expuesto por los intervinientes y compartiéndose los argumentos expresados por el señor Juez a quo, respecto de la idoneidad de la prisión preventiva como única medida cautelar para asegurar los fines del procedimiento, atendido el delito por el cual se ha formalizado a los imputados, las circunstancias de su comisión, la gran cantidad de droga incautada y visto además lo dispuesto en los artículos 122, 139, 149 y 358 y siguientes del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución apelada, dictada por el Juez (S) del Juzgado de Letras y Garantía de Chañaral, don Emilio Otárola Arce, en audiencia de diecinueve de febrero de dos mil veintidós, que decretó la prisión preventiva de los imputados Carlos Patricio Rivera Chávez, Rubén Scott Rojas Zúñiga, Carla Andrea Flores Loza, Rossemary Andrade Mamani y Joel Guayguasi Castellón, por resultar su libertad peligrosa para la seguridad de la sociedad. Regístrese y devuélvase. Rol Corte: Penal-62-2022
Texto Completo (Preview)
Fecha: veintiocho de febrero de dos mil veintidós Sala: Primera Rol Corte: Penal-62-2022 Ruc N°: 2200160332-2 Rit N°: O-97-2022 Juzgado: Garantía de Chañaral. C.A. de Copiapó Ministros: las Ministras señora Aida Ines Osses Herrera, señora Marcela Paz Ruth Araya Novoa y el Ministro (S) señor Rodrigo Miguel Cid Mora Relator: ANITA ELVIRA MALUENDA HERNANDEZ Fiscal: Jorge Gamboa Defensor DPP: Maykol S
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica