SIN INFORMACION

GARAY / SUPERINTENDENCIA DE SEGURIDAD SOCIAL

Rol

Fecha

28 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Visto: A folio 1 se entabla recurso de protección en favor de doña Lucia Alejandra Garay Boza, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, institución que, dicta Resolución Exenta N° R-58234-202, que confirma el rechazo de las licencias médicas N°45995502-K, 46892805-1, 47762889-3, 49103628-1, 50405382-2, por considerar el reposo como injustificado, lo que a su juicio vulnera el derecho a la integridad física y psíquica, la igualdad ante la ley, debido proceso así como también el derecho a la propiedad, y solicita por tanto, se acoja la acción y, en definitiva se autoricen las licencias médicas individualizadas. Sostiene que el 09 de marzo de 202 fue diagnosticada con cuadro de estrés severo y la depresión acumulada, lo que dio origen a un tratamiento, el cual fue, modificado en junio de 2020 y luego con motivo del covid se vio en la necesidad de cambiar de médico, quien le modificó su tratamiento. Señala que sus licencias médicas han sido cuestionadas y rechazadas debido a que su condición no ha progresado. Sin perjuicio de ello le es imposible mejorar y avanzar en su tratamiento, ya que al ser rechazadas las licencias médicas no puede cumplir estrictamente con ellas como debiese hacerlo y como le indica el médico, causándole ansiedad y frustración en mi tratamiento como en mi día a día, afectando mi vida y mi relación con mis cercanos Indica que ante tal escenario se ha producido un grave deterioro en la salud psíquica de la actora, tanto por la natural preocupación que la negación del pago le acarrea como porque al no recibir el subsidio correspondiente, no dispone del dinero necesario para solventar los gastos de su hogar, de su hija y aquellos relativos a gastos médicos. Entre ellos las constantes psicoterapias. Refiere que se infringe la igualdad ante la Ley, toda vez que representa una discriminación respecto del resto de la población que en iguales condiciones de salud puede acceder al subsidio por reposo laboral, incluso en situaciones mucho má

Fundamentos

considerando: I.- En cuanto a la extemporaneidad: Primero: Que la Superintendencia de Seguridad Social reclama la extemporaneidad del presente recurso, porque a su juicio el recurrente tuvo conocimiento del rechazo de sus licencias médicas con antelación a la fecha de presentación del recurso. Segundo: Que de acuerdo al mérito de los antecedentes consta que con fecha 15 de octubre de 2021, en circunstancias que la actora ya tenía conocimiento del rechazo con fecha 26 de julio de 2021 de lo que se sigue que la actora tomó conocimiento del acto reclamado en la fecha en que fue notificada de dicha resolución excediendo con creces el plazo señalado en el Auto Acordado respectivo de treinta días, por lo cual deberá ser rechazado. III.- En cuanto al fondo: Tercero: Que, sin perjuicio de lo anterior, lo que se ataca a través de este recurso es la falta de fundamentación o motivación de la Resolución Exenta emitida por la Superintendencia de Seguridad Social, que confirma el rechazo de las licencias médicas de la actora. Cuarto: Que en la especie se encuentra suficientemente fundada la resolución impugnada, puesto que se basa en los peritajes e informes que menciona, no existiendo, además, algún antecedente que dé cuenta de la realización de algún tratamiento médico, justificándose con ello la decisión de rechazar las licencias médicas, conforme a los fundamentos que la misma resolución señala. Quinto: Que conforme a lo razonado precedentemente, el acto impugnado se encuentra ajustado a derecho, sin que se advierta ilegalidad y arbitrariedad del mismo, por lo que corresponde rechazar la acción, como se dirá a continuación.

Fallo

por tanto, se acoja la acción y, en definitiva se autoricen las licencias médicas individualizadas. Sostiene que el 09 de marzo de 202 fue diagnosticada con cuadro de estrés severo y la depresión acumulada, lo que dio origen a un tratamiento, el cual fue, modificado en junio de 2020 y luego con motivo del covid se vio en la necesidad de cambiar de médico, quien le modificó su tratamiento. Señala que sus licencias médicas han sido cuestionadas y rechazadas debido a que su condición no ha progresado. Sin perjuicio de ello le es imposible mejorar y avanzar en su tratamiento, ya que al ser rechazadas las licencias médicas no puede cumplir estrictamente con ellas como debiese hacerlo y como le indica el médico, causándole ansiedad y frustración en mi tratamiento como en mi día a día, afectando mi vida y mi relación con mis cercanos Indica que ante tal escenario se ha producido un grave deterioro en la salud psíquica de la actora, tanto por la natural preocupación que la negación del pago le acarrea como porque al no recibir el subsidio correspondiente, no dispone del dinero necesario para solventar los gastos de su hogar, de su hija y aquellos relativos a gastos médicos. Entre ellos las constantes psicoterapias. Refiere que se infringe la igualdad ante la Ley, toda vez que representa una discriminación respecto del resto de la población que en iguales condiciones de salud puede acceder al subsidio por reposo laboral, incluso en situaciones mucho más ventajosas, por enfermedades

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiocho de febrero de dos mil veintidós. Visto: A folio 1 se entabla recurso de protección en favor de doña Lucia Alejandra Garay Boza, en contra de la Superintendencia de Seguridad Social, institución que, dicta Resolución Exenta N° R-58234-202, que confirma el rechazo de las licencias médicas N°45995502-K, 46892805-1, 47762889-3, 49103628-1, 50405382-2, por con

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