SIN INFORMACION

BRAVO GUERRA EXEQUIEL/VARELA ALFONSO GERARDO - (LTE) - VISTA EN POS DE LA ANTERIOR

Rol

Fecha

28 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carlos Damián Boada Campos, abogado, en representación de don Exequiel Bravo Guerra., empresario, ambos domiciliados, en Avenida Manso de Velasco Nº675, Curicó, y para estos efectos, en Renato Sánchez 3.500, departamento 901, Las Condes, Región Metropolitana, demandado en autos sobre indemnización de perjuicios por incumplimiento de contrato de transporte terrestre, caratulados “Carl Schröter GMBH &Co. KG con Bravo Guerra, Exequiel”, interponiendo recurso de hecho en contra de la resolución de fecha 20 de diciembre de 2021, dictada por el Señor Juez Árbitro, don Gerardo Varela Alfonso, notificada por correo electrónico, con igual fecha, que denegó, por improcedente, el recurso de apelación subsidiario deducido por su parte en contra de la resolución de fecha 16 de noviembre de 2021, que recibió la causa a prueba, fijando los hechos pertinentes, sustanciales y controvertidos sobre los que ella deberá recaer.  Solicita se acoja a tramitación el recurso revocando la resolución de fecha 20 de diciembre de 2021, declare admisible el recurso de apelación deducido por su parte, ordenando la remisión de los antecedentes ante esta Corte, para el conocimiento y resolución de dicho recurso de apelación, con costas. Expone que en el marco de la tramitación del procedimiento arbitral sobre indemnización de perjuicios por incumplimiento de contrato de transporte terrestre, con fecha 20 de diembre de 2021, el Tribunal Arbitral resolviendo el recurso de apelación deducido por su parte con fecha 19 de diciembre de 2021, resolvió: “...En cuanto a la apelación subsidiaria, como ya ha sido resuelto a fojas 119, 216 y 265, en el sentido de que en el compromiso las partes pactaron que el árbitro conocería en única instancia, no ha lugar por improcedente.”.  Argumenta que, en mérito de la cláusula Séptima del Contrato de transporte suscrito con fecha 01 de diciembre de 2019, entre don Exequiel Bravo Guerra y C y D Internacional S.A.- el

Fallo

fallo no procederá recurso alguno. Las partes designan para este cargo al señor Gerardo Varela Alfonso y a falta de él, por cualquier causa, designan al señor Félix Vergara Ruiz a falta de ambos, por cualquier causa; el árbitro será designado por la justicia ordinaria y el nombramiento deberá recaer necesariamente en un profesor de cualquiera de las cátedras de derecho civil o de derecho comercial de la UNIVERSIDAD DE CHILE o de la PONTIFICIA UNIVERSIDAD CATÓLICA DE CHILE.”.  Alega que en mérito a lo pactado en la cláusula Séptima del contrato de transporte suscrito con fecha 01 de diciembre de 2019, entre don Exequiel Bravo Guerra y C y D Internacional S.A., la renuncia a recursos a que en ella se alude, es únicamente en cuanto al fallo, y además dicha renuncia debe ser interpretada en términos restrictivos.  Reitera que la resolución objeto del recurso de apelación subsidiario, de fecha 16 de noviembre de 2021, no constituye el fallo del juicio, y por ende, no resulta procedente amparar el rechazo del recurso de apelación deducido por mi parte, en lo pactado en la cláusula Séptima del contrato de transporte suscrito con fecha 01 de diciembre de 2019.  Agrega que el propio Sr. Árbitro, al tener por instalado el Tribunal Arbitral, por resolución de fecha 20 de mayo de 2021- impugnada por su parte- resolvió, en su parte pertinente, que: “2º No habiéndose expresado por las partes la calidad en la que nombraban al árbitro, lo será como árbitro de derecho, sin perjuicio del derec

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C.A. de Santiago Santiago, veintiocho de febrero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que comparece Carlos Damián Boada Campos, abogado, en representación de don Exequiel Bravo Guerra., empresario, ambos domiciliados, en Avenida Manso de Velasco Nº675, Curicó, y para estos efectos, en Renato Sánchez 3.500, departamento 901, Las Condes, Región Metropolitana, demandado en auto

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