VILCHEZ / MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
26 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Visto: A folio 1 se entabla acción de amparo por doña Yoselin Vilchez Vargas en favor de doña Yasmin Vargas de Vilchez y doña Yohalys Vilchez Vargas en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por poner término injustificadamente a la solicitud de visa de responsabilidad democrática presentada en favor las amparadas, a fin que se ordene a la recurrida la tramitación legal y oportuna de la solicitud. Indica que se encuentra en Chile desde el año 2017, iniciándose el 28 de marzo de 2020, la solicitud de visa de responsabilidad democrática de ambas amparadas, quienes fueron citadas para presentar los antecedentes ante el Consulado General de Caracas; sin embargo el 11 de noviembre de 2020 su solicitud fue rechazada mediante un correo que a todas luces reviste las características de ilegal y arbitrario, no obstante cumplir con todos los requisitos legales al determinar el cierre masivo de las solicitudes. Alega que el actuar de la recurrida es ilegal, por cuanto el acto de la autoridad vulnera la ley 19.880, al no haberse dictado un acto terminal, no haberse respectado el plazo de seis meses para la finalización del acto administrativo y no siendo aplicables en la especie los
Fundamentos
fundamentos y las normas legales invocadas al no se ajustan a la situación de hecho, vulnerando el derecho a la reunificación familiar.
Fallo
Por lo expuesto, solicita se acoja la presente acción declarando que el mencionado acto es ilegal y arbitrario, y disponiendo como providencia necesaria para restablecer el imperio del derecho dejar sin efecto dicho acto administrativo y ordenado al Ministerio de Relaciones Exteriores regularizar la situación, admitir la solicitud de Visa de Responsabilidad Democrática, tramitarla y acogerla, disponiendo se ordene a la recurrida la tramitación legal y oportuna de la solicitud. Adjunta documentos. A folio 6 evacua informe el Director General de Asuntos Consulares, Inmigración y de Chilenos en el Exterior, quien señala en relación a los aspectos generales sobre el otorgamiento de este tipo de visas que como consecuencia del brote mundial del virus denominado SARS-cov-2, el Estado de Chile, dispuso- en lo que interesa- el cierre de todos los lugares habilitados para el tránsito de extranjeros hacia el territorio nacional. Por su parte la aplicación de medidas restrictivas por parte de las autoridades venezolanas incidieron significativamente, tanto en lo que respecta a la atención de público como también en torno al cumplimiento de las reglas sobre suspensión de actividades, de aforo y en torno al otorgamiento de visas por parte del Estado de Chile en dicho país, pues si bien la solicitud puede iniciar telemáticamente el procedimiento de rigor, la revisión presencial de los documentos a la petición es esencial y determinante para su resolución; lo que no fue posible continuar
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Jbl C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiséis de febrero de dos mil veintidós. Visto: A folio 1 se entabla acción de amparo por doña Yoselin Vilchez Vargas en favor de doña Yasmin Vargas de Vilchez y doña Yohalys Vilchez Vargas en contra del Ministerio de Relaciones Exteriores, por poner término injustificadamente a la solicitud de visa de responsabilidad democrática presentada en favor las ampara
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