SIN INFORMACION

GÓMEZ/BANCO SANTANDER CHILE

Rol

Fecha

25 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTO Y

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don Flavio Gómez Pizarro, Abogado, domiciliado en La Serena, calle Los Carrera N° 335 Oficina 203, Edificio Doña Javiera, y deduce recurso de protección en favor de la COMUNIDAD DE COPROPIETARIOS DEL CONDOMINIO PUERTA DEL MAR DE LA SERENA, persona jurídica de derecho privado, domiciliada en calle Puerto del Mar # 398 de esta ciudad, en contra del Banco Santander Chile, sociedad anónima bancaria, representada por el Agente del banco recurrido don David A. Philimon Palma, Ingeniero, ambos domiciliados en calle Balmaceda N° 351, La Serena, en razón de los siguientes antecedentes de hecho y derecho. Expone en primer lugar, que la comunidad recurrente corresponde a un conjunto habitacional denominado Condominio Puerta del Mar, integrada por los propietarios, arrendatarios, usuarios de los edificios que componen el condominio y se regulan en conformidad a las disposiciones de la Ley de Copropiedad Inmobiliaria, N° 19.537, por el Decreto N° 46, de 1998 del Ministerio de Vivienda y Urbanismo y por su Reglamento de Copropiedad que consta del otorgado por escritura pública de 6 de agosto de 2013 ante el Notario de Santiago don Eduardo Avello Concha, debidamente inscrito en el Registro de Prohibiciones del Conservador de Bienes Raíces de la comuna de La Serena. Señala que se celebró con el banco recurrido un contrato de cuenta corriente, y en su mérito el banco abrió la número 67635019, por lo que el titular de la misma, es la propia comunidad la que es representada ante el banco, por su Consejo de Administración. Dice que se operó normalmente con la cuenta, informando al banco cada vez que se producía un cambio de los integrantes del Consejo de Administración, a efectos de comunicar la identidad de sus integrantes, con señalamiento de la nómina de su composición, quienes conforme el estatuto del Condominio están facultados para actuar, en la cuenta corriente ya dicha, en la gestión de la misma, actuando por el cuentacorrentista, adoptando el banco recurrido los procedimientos que le permitían a la recurrida, operar normalmente en la misma, en conformidad a los términos del contrato de cuenta corriente. Afirma que el 25 de septiembre de 2021, la Comunidad, en Asamblea Extraordinaria fijada el 11 de septiembre del mismo año, y con la asistencia del notario de La Serena don Alejandro Viada Ovalle, resolvió en uso de sus facultades legales, entre otros acuerdos, remover a los miembros del Consejo de Administración vigente a esa data, y designar un nuevo Consejo integrado por los señores Maglio Lettura Matas como Presidente, Carolina Solís Lufi como Secretaria y Javiera Ruiz Manríquez como Tesorera, a quienes se les encargó la administración y gestión de la cuenta corriente que la Comunidad mantiene en el banco recurrido. El Acta de esta Junta Extraordinaria, se redujo a escritura pública, con fecha 28 de septiembre de 2021 en la notaría ya referida, repertorio N° 2.360-2021. Con el mérito de dicho documento

Fallo

se acuerda citar a Junta Extraordinaria para el sábado 25 de septiembre; b. Copia de la Escritura Pública de fecha 28 de septiembre de 2021 otorgada ante el Notario de La Serena don Alejandro Tomás Viada Ovalle, correspondiente a la reducción a escritura pública del ACTA ASAMBLEA EXTRAORDINARIA CITADA POR LOS COPROPIETARIOS QUE REPRESENTE, A LO MENOS EL QUINCE PORCIENTO DE LOS DERECHOS EN EL CONDOMINIO SEGÚN ARTICULO 17 DE LA LEY N° 19.537 DE COPROPIEDAD INMOBILIARIA; c. Copia de Carta dirigida por la Comunidad de Copropietarios Condominio Puerta del Mar La Serena al Agente del Banco Santander Chile, de fecha 29 de Septiembre de 2019, en que comunican la revocación de los poderes para gestionar la cuenta corriente que el remitente mantiene en ese banco, e informan la identidad de los nuevos mandatarios de la remitente para operar en la cuenta corriente, debidamente individualizados; d. Copia de correo remitido a la Ejecutiva de la cuenta corriente, Srta. Paola Andrea Urzúa Martínez, en la que le solicitan los antecedentes referidos a la inhabilitación de los mandatarios de la Comunidad y la negativa a autorizarlos para operaren la cuenta. Respuesta de la destinataria, en que ratifica la decisión de inhabilitación e informa las razones por las que fuera adoptada esa decisión por el banco; e. Copia de correo de fecha 26 de octubre de 2021 remitido por el Comité de Administración del Condominio, dirigido al Agente del Banco, en que solicitan solucionar la inhabilitación consulta

Texto Completo (Preview)

Comunidad de Copropietarios del Condominio Puerta del Mar Banco Santander Chile Recurso de Protección Rol N° 2102-2021.- La Serena, veinticinco de febrero de dos mil veintidós. VISTO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que, a folio 1 comparece don Flavio Gómez Pizarro, Abogado, domiciliado en La Serena, calle Los Carrera N° 335 Oficina 203, Edificio Doña Javiera, y deduce recurso de protección en favor de l

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