CANALES
Rol
Fecha
25 de febrero de 2022
Materia
OTROS VOLUNTARIOS
Resultado
REVOCADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurrente don Osvaldo Barrientos Valenzuela resulta ser parte interesada en el presente procedimiento, toda vez que invoca su calidad de cesionario de derechos sobre el inmueble materia de la presente gestión voluntaria. 2° Que, en tal calidad, ha manifestado su disconformidad con ésta por las razones que indica, oposición que ha sido, además, formulada en tiempo y forma. 3° Que el artículo 823 del Código de Procedimiento Civil indica que: “Si a la solicitud presentada se hace oposición por legítimo contradictor, se hará contencioso el negocio y se sujetará a los trámites del juicio que corresponda. Si la oposición se hace por quien no tiene derecho, el tribunal, desestimándola de plano, dictará resolución sobre el negocio principal”. 4° Que, por otra parte, según lo ha resuelto la jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema, en materias como la de autos, en que pueden existir intereses de terceros que puedan verse afectados con la decisión,
Fundamentos
considerando que se trata de un modo de adquirir el dominio de las cosas, la decisión judicial no puede ser llevada a cabo mediante un procedimiento voluntario (Rol Corte Suprema N° 43.600-2020). Y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 186 y 823 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada de fecha veintiuno de octubre de dos mil veintiuno pronunciada por el Primer Juzgado de Letras y Garantía de Peumo en autos Rit V-47-2020 que rechazó en incidente de oposición deducido y en su lugar
Fallo
se resuelve que se acoge dicha oposición, sólo en cuanto se hace contencioso el presente negocio debiendo sujetarse a los trámites del juicio que corresponda. Notifíquese y devuélvase. Rol I Corte N° 719-2021 Civil - .
Texto Completo (Preview)
C.A. de Rancagua Rancagua, veinticinco de febrero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1° Que el recurrente don Osvaldo Barrientos Valenzuela resulta ser parte interesada en el presente procedimiento, toda vez que invoca su calidad de cesionario de derechos sobre el inmueble materia de la presente gestión voluntaria. 2° Que, en tal calidad, ha manifestado su disconformidad con ésta
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica