MEZA/GEISSBUHLER
Rol
Fecha
25 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos: Comparece el abogado don José Manuel Baquedano González, quien recurre de protección en favor de FRANCISCO JAVIER MEZA BARRÍA, en contra de doña LESLY CRISTAL GEISSBUHLER TEJEDA, domiciliada en calle Vicente Reyes N° 979, comuna de Osorno, por la privación y/o perturbación ilegal y arbitraria de los derechos de su representado consagrados en el artículo 19 en sus numerales 1, 3 inciso 5°, 4 y 24, de la Constitución Política de la República, en consideración a los
Fundamentos
fundamentos de hecho y de derecho que expone: Señala que con fecha 31 de mayo de 2021, su representado fue detenido por Carabineros de Chile por haber conducido su vehículo Volkswagen, modelo gol, año 2003, color negro, P.P.U VZ9751, bajo estado de ebriedad y con resultado de choque contra el cerco frontal del inmueble de la recurrida; el cerco mencionado, construido en ladrillo y reja metálica, resultó con daños estimados por la afectada en la suma de $1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos) según consta en el parte redactado por efectivos de Carabineros de Chile. Indica que en días posteriores, su representado fue contactado para exhibir una cotización de materiales por un monto que ascendía a $980.000.- (novecientos ochenta mil pesos chilenos), cifra que difiere de la consignada en el parte policial y que, pese a esto, seguía siendo desproporcionado para el daño ocasionado, razón por la cual no se llegó a acuerdo; en días posteriores la pareja de la recurrida lo contactó para informarle que sólo iba a requerir $500.000.- (quinientos mil pesos chilenos), lo que no aceptó. Por tales motivos y por recomendaciones de ayuda letrada que recibió en cuanto a no llegar a un acuerdo definitivo mientras no se precise el quantum del daño y se aclare su situación judicial dejó de responder los mensajes. Sostiene que con posterioridad, su representado comenzó a recibir por parte de la recurrida distintos mensajes vía WhatsApp e insistentes llamadas telefónicas nocturnas desde distintos números móviles, exigiéndole el pago, para con posterioridad, con fecha 02 de octubre de 2021 la recurrida a través de la red social Facebook “funó” a su representado, acusándolo de “borracho” e “irresponsable”, afirmando el incumplimiento de un acuerdo inexistente y pidiendo ayuda para dar con su lugar de trabajo, sin precisar con qué objetivo, publicando una fotografía de su rostro, con el mensaje: “Funa!! para este tipo borracho he irresponsable que choco nuestro cerco de ladrillo estando totalmente borracho en su vehículo, llegamos a un acuerdo de pago en lo cual no cumplió bloqueando nuestro números telefónicos PD*SI ALGUIEN SABE DONDE TRABAJA QUE ME HABLE POR INTERNO GRACIAS” (sic). Lo anterior con la agravante que la publicación se efectuó en el perfil de Facebook “FERIA DE LAS PULGAS TODO OSORNO 2019” y “Feria de las pulgas Osorno”, plataformas de carácter público, con gran interacción diaria y que convoca a más de 14 mil y 40 mil miembros activos de la comuna respectivamente, aumentando el alcance de la acusación llegando a afectar su ámbito laboral, ya que los epítetos usados por la recurrida pasan a formar parte del historial virtual de su representado, siendo un hecho público y notorio que no son pocos los empleadores que antes de contratar buscan información sobre sus empleados para su mayor conocimiento y mejor decisión, lo que importa una merma tanto en la honra como en futuras posibilidades laborales del recurrente. Refiere que la denominada “funa”, es
Fallo
Por lo expuesto, y visto además, lo dispuesto por en los artículos 19 Nº 4 y 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de Garantías Constitucionales, se ACOGE, sin costas, el recurso de protección interpuesto por don FRANCISCO JAVIER MEZA BARRÍA, en contra de doña LESLY CRISTAL GEISSBUHLER TEJEDA, solo en cuanto, se dispone como medida destinada a restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado, que la recurrida deberá eliminar la publicación que motivó la presente acción. Regístrese, notifíquese y en su oportunidad, archívese. Redactada por el Abogado Integrante don Luis Felipe Galdames Bühler. N°Protección-2369-2021.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de febrero de dos mil veintidós. Vistos: Comparece el abogado don José Manuel Baquedano González, quien recurre de protección en favor de FRANCISCO JAVIER MEZA BARRÍA, en contra de doña LESLY CRISTAL GEISSBUHLER TEJEDA, domiciliada en calle Vicente Reyes N° 979, comuna de Osorno, por la privación y/o perturbación ilegal y arbitraria de los derechos de su rep
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