JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE VALDIVIA

ALVARADO/DISTRIBUIDORA DE INDUSTRIAS NACIONALES SA

Rol

Fecha

25 de febrero de 2022

Materia

PRESTACIONES

Resultado

RECHAZADA

Ver en fuente oficial

Hechos

VISTOS: Comparece el abogado don Kenneth Maclean Luengo en representación de DISTRIBUIDORA DE INDUSTRIAS NACIONALES S.A., interponiendo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 27 de diciembre de 2021, en base a dos causales invocadas de forma conjunta, a saber: a) la prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, si la sentencia se dicta con infracción manifiesta de las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica, y b) la prevista en el artículo 477 del Código del Trabajo, esto es, la sentencia se dicta con infracción de ley que hubiere influido sustancialmente en lo dispositivo del fallo por infracción de los artículos 13 y 52 de la Ley Nº 19.728, ley que establece el seguro de cesantía. En la audiencia de rigor compareció sosteniendo el recurso el abogado don José Francisco Gayani y por la recurrida el abogado don Adolfo Vargas Flores, quien solicitó el rechazo del recurso, señalando respecto de la primera causal, en síntesis, que tratándose de un juicio monitorio no exige se cumpla lo previsto en los números 3 y 4 del artículo 501 del Código del Trabajo. Además en el

Fundamentos

considerando octavo se explaya en orden al necesario contenido de la carta de despido. Respecto de la segunda causal de nulidad aludió a la numerosa jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema que respalda la decisión de la magistrada. CONSIDERANDO: I.- En cuanto a la primera causal de nulidad: infracción manifiesta, en la sentencia, sobre las reglas de apreciación de la prueba conforme a la sana crítica. PRIMERO: La recurrente hace descansar este vicio de nulidad en la errada apreciación de la prueba que lleva a la jueza a concluir que la carta en la que se comunica el despido, no cumple los requisitos legales, específicamente impugna el considerando noveno, alegando que la jueza desconoce los hechos que motivan el proceso de reorganización, específicamente la situación económica de su representada al momento del despido –insolvencia-, así como la racionalización de la empresa que comprende cambios en el área productiva y de organización. Destaca que la sentenciadora considera improcedente el despido solo en función de la carta y las aparentes omisiones, sin atender al proceso de cambios de la empresa demandada, provocados

Fallo

fallo por infracción de los artículos 13 y 52 de la Ley Nº 19.728, ley que establece el seguro de cesantía. En la audiencia de rigor compareció sosteniendo el recurso el abogado don José Francisco Gayani y por la recurrida el abogado don Adolfo Vargas Flores, quien solicitó el rechazo del recurso, señalando respecto de la primera causal, en síntesis, que tratándose de un juicio monitorio no exige se cumpla lo previsto en los números 3 y 4 del artículo 501 del Código del Trabajo. Además en el considerando octavo se explaya en orden al necesario contenido de la carta de despido. Respecto de la segunda causal de nulidad aludió a la numerosa jurisprudencia de la Excma. Corte Suprema que respalda la decisión de la magistrada. CONSIDERANDO: I.- En cuanto a la primera causal de nulidad: infracción manifiesta, en la sentencia, sobre las reglas de apreciación de la prueba conforme a la sana crítica. PRIMERO: La recurrente hace descansar este vicio de nulidad en la errada apreciación de la prueba que lleva a la jueza a concluir que la carta en la que se comunica el despido, no cumple los requisitos legales, específicamente impugna el considerando noveno, alegando que la jueza desconoce los hechos que motivan el proceso de reorganización, específicamente la situación económica de su representada al momento del despido –insolvencia-, así como la racionalización de la empresa que comprende cambios en el área productiva y de organización. Destaca que la sentenciadora considera improcede

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valdivia Valdivia, veinticinco de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: Comparece el abogado don Kenneth Maclean Luengo en representación de DISTRIBUIDORA DE INDUSTRIAS NACIONALES S.A., interponiendo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de fecha 27 de diciembre de 2021, en base a dos causales invocadas de forma conjunta, a saber: a) la prevista en el artículo 478 letra

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica