GARCIA/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO SUBSECRETARIA DE INT
Rol
Fecha
25 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS: Con fecha 23 de diciembre de 2021 Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquin Andrés Contreras Roa, por sí y a favor de Niurka Garcia Caballero, de nacionalidad cubana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.320.711-4, domiciliada para estos efectos en Alberto Einstein 290, Comuna Rancagua, Región Libertador Bernardo O'higgins, interponen acción de protección de garantías constitucionales en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, en contra de notificación código de trámite J697257, de fecha 01 de diciembre 2021, que deniega el avance de solicitud de permanencia definitiva por considerar, entre otros documentos, que el certificado de antecedentes penales del país de origen se encuentra vencido de acuerdo con los plazos estipulados, arbitrariedad se genera partir del principio de igualdad ante la ley, conforme lo preceptuado en el artículo 19 N° 2 de la Constitución Política de la República.. Indican que, Niurka Garcia Caballero, de nacionalidad cubana, ingresó al país en calidad de turista, posterior a ello cambia su estatus migratorio a residente temporario, con el propósito de establecerse y desarrollar su proyecto de vida en Chile. De este modo, con ocasión al vencimiento de su visa temporaria, con fecha 14 de abril de 2021 solicitó el beneficio de permanencia definitiva, siendo esta acogida a trámite, de acuerdo con comprobante de solicitud N°22480907. Posteriormente recibe notificación código de trámite J697257, de fecha 01 de diciembre 2021, donde se le informa que su solicitud no avanza en virtud de que se encuentra incompleta o insuficiente, lo anterior debido a que el certificado de antecedentes penales del país de origen, se encuentra vencido de acuerdo con los plazos estipulados, en razón de lo cual se le otorga un plazo de 5 días hábiles para que lo subsane, acompañando el documento requerido. El recurrente desde el inicio de su trámite presentó todos los documentos n
Fundamentos
considerando que, en Cuba para poder acceder a un certificado de antecedentes penales, en tiempos normales tarda de 60 a 90 días, una vez emitido, se debe enviar a Chile tardando de 7 a 10 días, y estando en mano del solicitante, debe acudir a la embajada para apostillar el documento, demorando de 15 a 20 días; siendo imposible dar cumplimiento a lo indicado en tan solo 5 días. Agregan que las garantías y derechos constitucionales que resultan afectados lo son por la acción arbitraria e ilegal por parte de la recurrida, siendo que los documentos fueron debidamente acompañados en la solicitud formulada, aun así fueron solicitados nuevamente, otorgando un plazo por demás insuficiente para cumplir con lo requerido, sin considerar el tiempo de tramitación de los antecedentes penales en el país de origen, todo lo cual deja en completa vulnerabilidad e incertidumbre a la extranjera por quien se recurre. Piden se otorgue una ampliación de plazo suficiente a los fines de poder dar cumplimiento al requisito solicitado por la recurrida, para finalmente acordar sin más trámite, dar continuidad a su solicitud de permanencia definitiva y de esta manera establecer el imperio del derecho. Acompañan, solicitud de permanencia definitiva, cédula de identidad para extranjeros. Y solicitud incompleta o insuficiente. Otorga plazo para subsanar Con fecha 27 de diciembre de 2021
Fallo
se declara admisible el recurso y se pide informe a la recurrida. Con fecha 10 de enero de 2022, Carolina Fernandoy Catalán, abogada del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, solicita el rechazo de la acción de protección. Señala que con fecha 27 de enero de 2020 la extranjera solicitó permiso de permanencia definitiva. Que, mediante Comunicación Nº 10576341 de fecha 01 de diciembre de 2020 del Departamento de Extranjería y Migración, se le informó a la extranjera que su solicitud se encuentra incompleta en atención a que no remitió el certificado de antecedentes penales del país de origen y la copia del contrato actual no contiene la información suficiente, otorgándole un plazo de 5 días para subsanar su solicitud, sin que conste subsanación por parte de la extranjera, por lo que la tramitación de su solicitud se encuentra concluida. Añade que, con fecha 14 de abril de 2021, la extranjera ingresa una nueva solicitud de permiso de permanencia definitiva. Que mediante Comunicación N° Folio 20720851 de fecha 01 de diciembre de 2021 del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, se comunicó a la extranjera que su solicitud de Permanencia Definitiva no reúne los requisitos exigidos por la legislación vigente, en atención a que no adjuntó la documentación señalada en los formularios de requisitos, a saber: el certificado de antecedentes penales del país de origen se encuentra vencid
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Rancagua, veinticinco de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: Con fecha 23 de diciembre de 2021 Pablo Daniel Peñaloza Parra y Joaquin Andrés Contreras Roa, por sí y a favor de Niurka Garcia Caballero, de nacionalidad cubana, cédula de identidad para extranjeros N° 26.320.711-4, domiciliada para estos efectos en Alberto Einstein 290, Comuna Rancagua, Región Libertador Bernardo O'higgins, interpon
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