JOSE ENRIQUE CRUZ OVALLE Y OTROS/I. MUNICIPALIDAD DE MELIPILLA
Rol
Fecha
24 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos: El 5 de octubre de 2021, compareció Aristóteles Cortés Sepúlveda, abogado, actuando en representación de la sucesión de doña Carmen Ovalle Barros, compuesta por sus herederos universales, doña Isabel de las Mercedes, doña Carmen, doña María del Rosario y don José, todos de apellidos Cruz Ovalle, interponiendo un reclamo de ilegalidad en contra de la Ilustre Municipalidad de Melipilla, por las ilegalidades incurridas por la Directora de Obras Municipales, doña Carmen Luz Galleguillos, al emitir el Ord. N° 227 de 29 de julio de 2021, que no dio respuesta a la denuncia y solicitud de paralización de obras realizada por la reclamante el 25 de junio de 2021. Asimismo, reclama contra la omisión en corregir dicha ilegalidad por parte de la señora alcaldesa al no resolver el reclamo de ilegalidad que le fuera sometido a su conocimiento, a propósito de la dictación del Ordinario reclamado. El 24 de noviembre de 2021, el Abogado Luis Carreño Aguirre, en representación de la I. Municipalidad de Melipilla, contestó el reclamo de ilegalidad pidiendo que fuera rechazado en todas sus partes, hace una relación de los hechos que motiva el reclamo, alega falta de legitimidad activa y pasiva, la improcedencia del reclamo, se refiere al acto recurrido y al petitorio del reclamo y los vicios de ilegalidad reclamados, y pide en definitiva su total rechazo, con expresa condena en costas.
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que los fundamentos que expone el recurrente de ilegalidad, son los que siguen: Indica que, el 25 de junio de 2021, don José Cruz Ovalle, actuando por sí y con la venia de sus hermanas, con quienes es copropietario del predio denominado “Sección Nor-Este de la Hijuela Los Hornos o Lote Segundo de Santa Julia”, en adelante “Hijuela Los Hornos”, ubicado en la comuna de Melipilla, que se encuentra subdividida en 120 parcelas, denunció la ejecución de excavaciones profundas y la posterior construcción de una estructura metálica de acero de altura superior a los 50 metros, en el predio vecino, denominado Fundo La Invernada, y justo sobre el límite con la parcela 84 de su propiedad. Explica que, esta construcción la estaba ejecutando la empresa SASEM Ingeniería y Construcción SpA por encargo de la empresa eléctrica ELETRANS II S.A. Ambas son empresas privadas que se encuentran realizando la instalación de una línea eléctrica de alta tensión denominada “Nueva Línea de 2x220 kV Lo Aguirre - Alto Melipilla, con un circuito tendido”. Que, para la ejecución de esta red de transmisión de energía eléctrica, estas empresas privadas necesitan contar con una serie de permisos y autorizaciones otorgadas por entidades públicas como son la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, la Dirección de Vialidad, el Ministerio del Medioambiente y la Dirección de Obras de la Municipalidad donde se realiza la construcción de las instalaciones. Sostiene que es un hecho cierto y conocido que la obra que se denunció no contaba y no cuenta aún con los permisos y autorizaciones correspondientes, ni de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, ni tampoco de la Dirección de Obras Municipales de Melipilla. Que la estructura de más de 60 metros de altura que se construyó
Fallo
por estas empresas se realizó sin respetar las distancias y rasantes reglamentarias respecto del predio de su propiedad, y particularmente sobre el deslinde de la parcela 84 con el predio vecino, invadiendo su propiedad. Agrega que, ante esta situación, realizaron una denuncia a la Dirección de Obras Municipales basada en la infracción de la normativa contenida en la Ley General de Urbanismo y Construcción y su ordenanza, y que en dicha denuncia se solicitó la inmediata paralización de las obras denunciadas, además del cumplimiento de la normativa pertinente por las empresas involucradas, y que se pusieran los antecedentes del caso a disposición del Juzgado de Policía Local correspondiente, para los efectos de hacer valer las responsabilidades y cursar las multas por las infracciones a la normativa urbanística. Que, dándosele trámite a esta denuncia, se realizó una fiscalización por parte de inspectores de la Dirección de Obras Municipal, quienes constataron la existencia de trabajos de construcción de una torre de alta tensión en el predio vecino, Fundo La invernada, a cargo de la empresa SASEM Ingeniería y Construcción como contratista de ELETRANS II S.A., y señalaron que una de sus bases habría traspasado el deslinde quedando dentro del predio de su propiedad, siendo probable que no se hayan respetado las distancias correspondientes. Expone que, sin embargo, pese a constatar que los hechos denunciados eran efectivos, la Dirección de Obras Municipales al dar respuesta a la
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San Miguel, veinticuatro de febrero de dos mil veintidós. Vistos: El 5 de octubre de 2021, compareció Aristóteles Cortés Sepúlveda, abogado, actuando en representación de la sucesión de doña Carmen Ovalle Barros, compuesta por sus herederos universales, doña Isabel de las Mercedes, doña Carmen, doña María del Rosario y don José, todos de apellidos Cruz Ovalle, interponiendo un reclamo de ilegalid
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