2º JUZGADO DE LETRAS DE OVALLE

BONILLA/CENTELLA TRANSMISIÓN S.A.

Rol

Fecha

24 de febrero de 2022

Materia

OTROS SUMARIOS

Resultado

REVOCADA

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Hechos

VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo preceptuado en el artículo 68 del DFL N° 4 del año 2018, Ley General de Servicios Eléctricos en materia de energía eléctrica, que establece que el procedimiento judicial surge a partir de un reclamo particular, el cual es independiente y diverso a la gestión administrativa que lo precede, el que se sustancia conforme a las reglas del juicio sumario, y visto además lo dispuesto en los artículos 186, 223 y 227 del Código de Procedimiento Civil, SE REVOCA la resolución dictada con fecha seis de diciembre de dos mil veintiuno, íntegramente transcrita en la carpeta digital, en cuanto no dio lugar a tramitar la acción interpuesta y, en su lugar, se decreta que el tribunal de primera instancia, deberá dar curso a la demanda conforme en derecho corresponda. Devuélvase vía interconexión. Rol N° 14-2022 Civil.-

Texto Completo (Preview)

La Serena, veinticuatro de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo preceptuado en el artículo 68 del DFL N° 4 del año 2018, Ley General de Servicios Eléctricos en materia de energía eléctrica, que establece que el procedimiento judicial surge a partir de un reclamo particular, el cual es independiente y diverso a la gestión administrativ

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