2° JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO

ALBORNOZ//ANGLO AMERICAN SUR S.A.

Rol

Fecha

24 de febrero de 2022

Materia

OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTOS: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT O-6047-2020 caratulados “Albornoz con Anglo American Sur S.A”, sobre indemnización de daño moral por enfermedad profesional. Por sentencia de veintiséis de noviembre de dos mil veintiuno, dictada por la Jueza Titular doña Paola Cecilia Díaz Urtubia, se rechazó la demanda en todas sus partes, sin costas. En su contra, la demandante interpuso recurso de nulidad, fundado en la causal del artículo 478 letra b), por infracción manifiesta a las normas de la sana crítica, en relación al artículo 456, ambos del Código del Trabajo. Solicita se anule la sentencia y dicte la de reemplazo que acoja la acción en todas sus partes, condenando a la demandada al pago de una indemnización por el monto solicitado o el monto mayor o menor que esta Ilustrísima Corte determine. Declarado admisible el recurso, se procedió a la vista del mismo, oportunidad a la que asistieron los abogados de ambas partes y fueron escuchados sus alegatos por video conferencia.

Fundamentos

CONSIDERANDO: PRIMERO: Que se interpone la causal de anulación que establece el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, en cuanto la sentencia se hubiere dictado con infracción manifiesta al artículo 456 del mismo Código. Expone que el

Fallo

fallo ha incurrido en una infracción manifiesta a las normas de la sana crítica, toda vez que han existido medios probatorios que no han sido valorados debidamente y se ha terminado por rechazar la demanda de indemnización de daño moral por enfermedad profesional, cuando existían claros indicios para acogerla, proporcionados por la prueba documental y testimonial incorporada en juicio. Afirma que en el considerando octavo de la sentencia el Tribunal erradamente desacredita una conducta imputable a la empleadora que la haga responsable contractualmente por los perjuicios derivados de la enfermedad del actor, estableciendo que no se puede comprobar que la dolencia alegada por el trabador derive de los malos tratos que dice ser objeto, afectando las reglas de la sana crítica, que de haberse aplicado permitían determinar que la demandada tenía la responsabilidad de adoptar medidas tendientes a evitar las conductas de hostigamiento sufridas por el actor. Sostiene que en el caso concreto existían inferencias de la prueba rendida en autos, formuladas de manera exacta, coherente, y cohesionada, derivadas de una sucesión de conclusiones, que hacían procedente el pago de la indemnización del daño moral solicitada, alegando una afectación al principio de razón suficiente, por cuanto el sentenciador no analizó racional y particularmente la documental y testimonial que valora conforme a sus argumentos. El vicio, finaliza, ha tenido influencia sustancial en la decisión, pues sin éste ha

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C.A de Santiago Santiago, veinticuatro de febrero del año dos mil veintidós A folios 14 y 15: a todo, téngase presente. VISTOS: Ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, se substanciaron estos autos RIT O-6047-2020 caratulados “Albornoz con Anglo American Sur S.A”, sobre indemnización de daño moral por enfermedad profesional. Por sentencia de veintiséis de noviembre de dos mil ve

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