JUZGADO DE GARANTIA DE LINARES

MP C/ ALEXIS ENRIQUE ESCOBAR INOSTROZA

Rol

Fecha

24 de febrero de 2022

Materia

TRAFICO ILICITO DE DROGAS ART. 3 LEY Nº 20.000.

Resultado

REVOCADA/COMUNICAR.

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y teniendo en consideración que los antecedentes hasta ahora reunidos, en especial la gravedad de la pena que se asigna al delito, permiten concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la sociedad y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 140, 149, 352, 358 y 360 del Código Procesal Penal, SE REVOCA la resolución apelada dictada en audiencia de veintitrés de febrero del año en curso, que sustituyó la medida cautelar personal de prisión preventiva respecto del imputado ALEXIS ENRIQUE ESCOBAR INOSTROZA, inserta en la carpeta virtual Rit O-2282-2021 del Juzgado de Garantía de Linares y, en su lugar se declara que se mantiene la medida de prisión preventiva, del referido imputado. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-202-2022.

Fallo

se declara que se mantiene la medida de prisión preventiva, del referido imputado. Comuníquese por la vía más expedita. Devuélvase. N°Penal-202-2022.

Texto Completo (Preview)

C.A. de Talca Talca, veinticuatro de febrero de dos mil veintidós. Visto: Atendido el mérito de los antecedentes, oídos los intervinientes que participaron en esta audiencia y teniendo en consideración que los antecedentes hasta ahora reunidos, en especial la gravedad de la pena que se asigna al delito, permiten concluir que la libertad del imputado constituye un peligro para la seguridad de la so

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