Jdo. Cob. Laboral y Previsional de San Miguel

ESPINOZA CON JURIDICA

Rol

C-496-2019

Fecha

20 de febrero de 2020

Materia

Resultado

No especificado

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Fallo

se resuelve ha lugar al recurso interpuesto, debiendo dejarse sin efecto lo resuelto con fecha 5 de febrero de 2020 y en su lugar se resuelve: A lo principal, téngase presente. Al otrosí, atendido lo dispuesto en el artículo 22° de la Ley N° 17.301, cúmplase por doña Adriana Gaete Somarriva, Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), con el pago de la suma liquidada en autos más las costas procesales y personales fijadas en esta causa, dentro de décimo quinto día, bajo apercibimiento de aplicar a su respecto una Multa a beneficio fiscal ascendente a 1 UTM, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 238 del Código de Procedimiento Civil. Notifíquese por correo electrónico al apoderado de la parte ejecutada subsidiaria. RIT: C-496-2019 RUC: 19-4-0216864-4 Proveyó la Juez Titular del Juzgado de Cobranza Laboral y Previsional de San Miguel, quien suscribe con firma electrónica avanzada. En San Miguel a veinte de febrero de dos mil veinte, se notificó por el estado diario la resolución precedente. 2020-02-20T12:26:38-0300 Firma Firma 1

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XYWCXNJTDT Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.hora

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