MATAMALA/PDI CHILE
Rol
Fecha
23 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTO: Comparece el abogado Adnan David Matamala Cruz, en favor de Juan Bravo Flores, boliviano, C.I N° 16.570.517-3, y dedujo recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por la Prefecta Inspectora Claudia Domínguez Leiva, con domicilio en calle Belén N°165, Arica, por vulnerar el derecho constitucional de la libertad personal y seguridad individual, establecido en el N°7 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que el amparado se desempeña como camionero internacional, siendo su ruta frecuente el paso desde Bolivia a Chile a través del paso fronterizo Chungará-Tambo Quemado. Alude que el año 2019, Bravo Flores, fue objeto de una investigación por el delito de cohecho, la cual dio origen a la causa RIT N° 6453-2019 tramitada ante el Juzgado de Garantía de Arica. En dicho proceso se decretó el sobreseimiento de definitivo el 24 de febrero de 2021. Reclama que el amparado el 10 de febrero del año en curso, en el cruce fronterizo Chungará-Tambo Quemado, la Policía de Investigaciones de Chile, le negó su ingreso aduciendo que tenía un proceso penal pendiente. Expone que no ha sido objeto de nuevas investigaciones ni delitos desconociendo el motivo por el cual se le negó el ingreso a Chile. Pide que se acoja el presente recurso de amparo, ordenando que se autorice el ingreso del amparado a nuestro país. Informó la Prefecta Inspectora doña Claudia Domínguez Leiva en representación de la Policía de Investigaciones de Chile, señalando que el amparado registra el año 2009 una denuncia por el delito de cohecho. Además el año 2019 registra una nueva “anotación” por el mismo delito, siendo despachada una orden de detención por el Juzgado de Garantía de Arica en la causa RIT N°6453-2019. Agrega que según Informe Policial N°12012 de 20 de agosto de 2020, del Departamento de Migraciones y Policía Internacional de Calama, informó a la Gobernación Provincial del Loa la infracción del amparado al artículo 17 en relaci
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el artículo 21 de la Constitución Política de la República establece que todo individuo que se hallare arrestado, detenido o preso con infracción de lo dispuesto en la Constitución o en las leyes, podrá ocurrir por sí, o por cualquiera a su nombre, a la magistratura que señale la ley, a fin de que ésta ordene se guarden las formalidades legales y adopte de inmediato las providencias que juzgue necesarias para restablecer el imperio del derecho y asegurar la debida protección del afectado. Agrega que el mismo recurso podrá ser deducido a favor de toda persona que ilegalmente sufra cualquiera otra privación, perturbación o amenaza en su derecho a la libertad personal y seguridad individual. SEGUNDO: Que, en la causa Rit N°643-2019 tramitada ante el Juzgado de Garantía de Arica, se dictó el sobreseimiento definitivo en favor del amparado al cumplir con los requisitos de la Suspensión Condicional del Procedimiento. Además, no existen antecedentes sobre la supuesta denuncia interpuesta en contra del amparado en el año 2009, y según el Sistema de Gestión Policial, Juan Bravo Flores, solo se encuentra sujeto a control policial, más no tiene una prohibición de ingreso al país, por lo que el actuar de la Policía de Investigaciones de Chile vulnera su libertad ambulatoria debiendo ser acogida la presente acción constitucional.
Fallo
Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo prevenido en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Recurso de Amparo de 1932, se declara: Que SE ACOGE el recurso de amparo interpuesto por en favor de Juan Bravo Flores, debiendo la recurrida permitir el ingreso del amparado al país mientras no exista un impedimento legal o resolución judicial o administrativa que así lo ordene. Regístrese, notifíquese y archívese, si no se apelare. Rol N° 93-2022 Amparo.
Texto Completo (Preview)
Arica, veintitrés de febrero de dos mil veintidós. VISTO: Comparece el abogado Adnan David Matamala Cruz, en favor de Juan Bravo Flores, boliviano, C.I N° 16.570.517-3, y dedujo recurso de amparo en contra de la Policía de Investigaciones de Chile, representada por la Prefecta Inspectora Claudia Domínguez Leiva, con domicilio en calle Belén N°165, Arica, por vulnerar el derecho constitucional de l
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica