INÉS NARCISA LABRADOR/ SERVICIO NACIONAL DE MIGRACIONES
Rol
Fecha
23 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
OMITE PRONUNCIAMIENTO/INTERPUE
Hechos
Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales de la libertad personal y la seguridad individual del amparado, se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Amparo” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución, y dejándose constancia del nuevo rol de ingreso en estos autos. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: Por interpuesto recurso de amparo. Por acompañados los documentos. Informe el recurrido “Servicio Nacional de Migraciones” dentro de 24 horas, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Requiérase por la vía más expedita, sirviendo la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Regístrese y archívense. Se deja constancia que la firma de la Ministra Sra. Figueroa no se registra por imposibilidad técnica, no obstante haber concurrido a la decisión contenida en la presente resolución. N°Protección-8240-2022. En Valparaíso, veintitrés de febrero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Fallo
se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo ingreso en el Libro de “Amparo” por la Unidad correspondiente, debiendo incorporar al mismo todas las piezas de estos autos y la presente resolución, y dejándose constancia del nuevo rol de ingreso en estos autos. Cúmplase de inmediato. Sin perjuicio de lo anterior, y atendida la naturaleza cautelar y sumaria del procedimiento, se procede a proveer derechamente el escrito folio N° 1 Ingreso Recurso: Por interpuesto recurso de amparo. Por acompañados los documentos. Informe el recurrido “Servicio Nacional de Migraciones” dentro de 24 horas, debiendo adjuntar todos los antecedentes necesarios para la correcta inteligencia y resolución del recurso deducido. Requiérase por la vía más expedita, sirviendo la presente resolución de suficiente y atento oficio emisor. Regístrese y archívense. Se deja constancia que la firma de la Ministra Sra. Figueroa no se registra por imposibilidad técnica, no obstante haber concurrido a la decisión contenida en la presente resolución. N°Protección-8240-2022. En Valparaíso, veintitrés de febrero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
yrb C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de febrero de dos mil veintidós. Vistos: Atendido el mérito de los antecedentes y desprendiéndose de los hechos que se funda el recurso que estos dicen relación con las garantías constitucionales de la libertad personal y la seguridad individual del amparado, se declara que se omite pronunciamiento del presente ingreso y se ordena aperturar un nuevo i
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