1º JUZGADO CIVIL DE VIÑA DEL MAR

FAVRE / CARRASCO -ACUMULADA ROL 1003-21 -A-

Rol

Fecha

23 de febrero de 2022

Materia

PRECARIO, INC. 2º ART. 2.195 C.C

Resultado

REVOCADA-CONFIRMADA

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Hechos

Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirman la resoluciones apeladas dictadas con fecha 18 de agosto de 2020 y 10 de julio de 2020 por el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar, en autos Rol C-1125-2020. II. En cuanto a la apelación en Rol Corte N°1003-2021: Atendido el mérito de los antecedentes,

Fundamentos

considerando que lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 21.226, en relación a la suspensión de los plazos, no resulta aplicable al caso concreto por cuanto el término probatorio no había comenzado a correr por no encontrarse notificada las partes la resolución que recibió la causa a prueba. En consecuencia, habiendo transcurrido el plazo dispuesto en el artículo 152 del Código de Procedimiento Civil, desde la última gestión útil configurada por la dictación del auto de prueba de fecha 15 de octubre de 2020, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se revoca la resolución apelada dictada el 10 de junio de dos mil veintiuno por el Primer Juzgado Civil de Viña del Mar, en autos Rol C-1125-2020, y en su lugar

Fallo

se declara, que se hace lugar al abandono del procedimiento. Decisión acordada con el voto en contra del Fiscal Judicial Sr. Fuentes, quien fue del parecer de confirmar la resolución en alzada, en virtud de sus propios fundamentos. Notifíquese y devuélvase. N°Civil-1002-2021. (Acumulada a la Rol 1003-2021 y 1626-2021)

Texto Completo (Preview)

ahd C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintitrés de febrero de dos mil veintidós. I. Respecto de las apelaciones en Roles Corte N°1002-2021 y 1626-2021: Visto: Atendido el mérito de los antecedentes y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 186 del Código de Procedimiento Civil, se confirman la resoluciones apeladas dictadas con fecha 18 de agosto de 2020 y 10 de julio de 2020 por el Primer Juz

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