JUZGADO DE GARANTIA DE TALCAHUANO

MP C/ HUGO HERNAN ILLANES SILVA

Rol

Fecha

23 de febrero de 2022

Materia

SECUESTRO. ART. 141

Resultado

CONFIRMADA

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Hechos

Concepción, veintitrés de febrero de dos mil veintidós. VISTO, OÍDOS Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado Manuel Alejando Catricura Espinoza se ha alzado en contra de la resolución de 16 de febrero de 2022, que mantuvo la cautelar de arresto domiciliario total solicitando su modificación por la del artículo 155 letra c) del Código Procesal Penal, esto es, el control periódico mediante firma ante la autoridad correspondiente. 2.- Que la juez a quo razonando en torno a la etapa procesal en que se encuentra el procedimiento y a los antecedentes aportados por el Ministerio Público, estimó procedente la mantención de la cautelar decretada

Fundamentos

considerando para dicho efecto el incumplimiento de aquella en una oportunidad como circunstancia relevante, así como el hecho que ya se había morigerado la cautelar originalmente decretada en contra del imputado, esto es, la prisión preventiva por la del artículo 155 letra a) del Código Procesal Penal, en su modalidad de total. 3.- Que esta Corte comparte los argumentos esgrimidos por la juez a quo considerando proporcional la medida cautelar que pesa sobre el imputado y teniendo en especial atención la cercanía del juicio oral que enfrenta el acusado, oportunidad en que la defensa podrá hacer valer las alegaciones en consideración a las modificaciones de la Ley 18.216 que benefician a su representado. 4.-

Fallo

Por tanto, teniendo presente que no se han modificado las circunstancia tenidas en vista, se estima pertinente mantener la cautelar de privación total de libertad en su casa que pesa sobre el acusado, por estimarla proporcional a los fines del procedimiento. Por estas consideraciones y conforme a lo dispuesto en los artículos 139, 140, 149 y 370 letras b) del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA, la resolución dictada en audiencia de dieciséis de febrero de dos mil veintidós, por el Juzgado de Garantía Talcahuano, que mantuvo la privación total de libertad en su casa al imputado Manuel Alejandro Catricura Espinoza. Comuníquese de inmediato al juzgado de origen por la vía más expedita. N°Penal-156-2022.

Texto Completo (Preview)

Concepción, veintitrés de febrero de dos mil veintidós. VISTO, OÍDOS Y TENIENDO, ADEMÁS, PRESENTE: 1.- Que la defensa del imputado Manuel Alejando Catricura Espinoza se ha alzado en contra de la resolución de 16 de febrero de 2022, que mantuvo la cautelar de arresto domiciliario total solicitando su modificación por la del artículo 155 letra c) del Código Procesal Penal, esto es, el control periód

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