QUIROZ/URZÚA
Rol
Fecha
25 de febrero de 2022
Materia
HONORARIOS, COBRO DE (EN JUICIO)
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el juicio materia de autos se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma establecida para los incidentes. 2°.- Que, conforme lo dispone el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil, las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil, razón por la cual se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado, con fecha catorce de marzo de dos mil veinte, en contra de la resolución de quince de enero del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-2065-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado, con fecha catorce de marzo de dos mil veinte, en contra de la resolución de quince de enero del mismo año. Regístrese y devuélvase. N°Civil-2065-2022.
Texto Completo (Preview)
chv C.A. de Santiago (Sala Tramitadora) Santiago, veinticinco de febrero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: 1°.- Que, el juicio materia de autos se tramita de acuerdo con las normas del procedimiento sumario, y a su vez el artículo 686 del Código de Procedimiento Civil señala que la prueba en el procedimiento sumario, cuando haya lugar a ella, se rendirá en el plazo y en la forma e
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