MINISTERIO PUBLICO C/ RODRIGO ANTONIO MORA MUNOZ
Rol
Fecha
23 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°.- Que, la discusión se ha centrado respecto de la proporcionalidad de la medida cautelar impuesta, esto es la prisión preventiva, ante un caso en que se imputa a Rodrigo Antonio Mora Muñoz el delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar, cuya víctima es su ex pareja doña Camila Andrea Quiroz Zapata, y en virtud de que la libertad de dicho imputado constituye un peligro para la seguridad de ésta. 2°.- Que, tal como expuso la representante del Ministerio Público en la audiencia, concurren en la especie varios de los indicadores de riesgo descritos en el artículo 7° de la Ley 20.066, en especial la existencia de otras causas penales por delitos cometidos por el mismo sujeto, respecto de la misma víctima, en contexto de violencia intrafamiliar, con cautelares vigentes, las que no han sido respetadas, generando imputaciones adicionales por delito de desacato, a lo que se une el consumo de alcohol y drogas, y la existencia de condenas anteriores por otros delitos en su calidad de adulto, todo lo cual nos lleva a compartir el criterio del ente persecutor y del tribunal a quo, en el sentido que la prisión preventiva es por ahora, y en este caso, la única medida eficiente para proteger la seguridad de la víctima, en los términos de debida diligencia que impone el artículo 9° de la Convención Belén Do Pará, en razón del contexto en que se genera el ilícito y la actitud contumaz del imputado. Por lo razonado y de conformidad con lo previsto en los artículos 139, 140, 149 del Código Procesal Penal, SE CONFIRMA la resolución de catorce de febrero de dos mil veintidós, dictada por el Juzgado de Garantía de Arauco, en causa RIT 110-2022 RUC 2200144816-5, que decretó la medida cautelar de prisión preventiva respecto del imputado Rodrigo Antonio Mora Muñoz. Acordada con el voto en contra del ministro suplente señor Carvajal, quien estuvo por revocar la resolución al estimar que la prisión preventiva resulta desproporcionad
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CMN/ahs C.A. de Concepción Concepción, veintitrés de febrero de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO ADEMÁS PRESENTE: 1°.- Que, la discusión se ha centrado respecto de la proporcionalidad de la medida cautelar impuesta, esto es la prisión preventiva, ante un caso en que se imputa a Rodrigo Antonio Mora Muñoz el delito de amenazas simples en contexto de violencia intrafamiliar, cuya víctima es su e
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