SIN INFORMACION

ROSANNA SILVA ANDRADE / MIGUEL ANGEL CANDIA MEZA Y OTROS.

Rol

Fecha

22 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos: Primero: Que comparece Rosanna Derliz Silva Andrade, contadora auditora y funcionaria municipal, cédula de identidad Nº 8.493.753-3, domiciliada en calle El Rodeo Nº 888 Condominio Chacra San Pedro, comuna de Melipilla, quien interpone recurso de protección en contra de doña Leyre Larrazabal Rehbein, Directora de Asesoría Jurídica, don Karim Abudheir Abudheir, Director de Obras Municipales y don Miguel Candía Meza, Director de Seguridad Pública Comunal, todos funcionarios de la Ilustre Municipalidad de María Pinto, y domiciliados en Av. Francisco Costabal Nº 78, comuna de María Pinto, por los actos que estima ilegales y arbitrarios consistentes en conductas de hostigamiento y acoso laboral que afectan su integridad física y psíquica, vulnerando la garantía constitucional reconocida en el número 1 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Señala que actualmente se desempeña como Directora de Administración y Finanzas de la I. Municipalidad de María Pinto, y que el día 27 de diciembre de 2021 fue notificada por el recurrido señor Candía Meza, abogado, Director de Seguridad Pública Comunal, en su calidad de actuario del sumario ordenado por decreto N° 559/2021, de 10 de junio de 2021, en que fue designado Fiscal el recurrido don Karim Abudheir Abudheir, señalándole que debía presentarse a declarar a las 15:00 horas de ese mismo día. Indica que acto seguido presentó una recusación respecto de ambos funcionarios, atendido que ellos habrían manifestado su intención de destituirla, lo que los inhabilitaría para seguir conociendo de dicho proceso. Los escritos de recusación fueron rechazados el 27 de diciembre de 2021, mediante resolución del Fiscal, y notificado el mismo día. Expone que el 28 de diciembre del mismo año, a las 8:30 de mañana presentó además sendos recursos jerárquicos administrativos ante el jefe del servicio no inhabilitado, los que fueron rechazados con la misma fecha. Luego ese día, aproximadamente a las 13:30 horas, se prese

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema que rige en la materia, se rechaza, sin costas, el recurso de protección interpuesto por doña en contra de Regístrese, notifíquese y archívese cuando corresponda. N° 6146-2021 Protección Pronunciado por la Tercera Sala integrada por los ministros señora Sylvia Pizarro Barahona, señor Luis Sepúlveda Coronado y el abogado integrante señor Adelio Misseroni Raddatz.

Texto Completo (Preview)

Certifico que se anunciaron y alegaron por el recurso la abogada doña Katterinne Carreño Maldonado y contra éste el abogado don Miguel Candia Meza y que la vista de la causa se inició a las 9.22 horas y finalizó a las 9.48. En San Miguel, 22 de febrero de 2022, Natalia Álvarez Villarroel, Relatora. San Miguel, a veintidós de febrero de dos mil veintidós. A los escritos folios 9097 y 9109: Téngas

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