DÍAZ PINO JUAN/2º JUZGADO DE LETRAS DEL TRABAJO DE SANTIAGO
Rol
Fecha
22 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Juan Pablo Díaz Pino, abogado, en representación de la demandante doña Pilar del Carmen Osorio Rojas, en autos RIT O-5495-2021, caratulados “Osorio/Núñez”, sobre despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, quien interpone recurso de hecho en contra de la resolución dictada con fecha veintitrés de diciembre del año recién pasado, la que resolvió, en mérito de lo dispuesto en el artículo 476 del Código del Trabajo, no ha lugar al recurso de apelación deducido por su parte en contra la resolución dictada en audiencia preparatoria de dieciséis de diciembre de dos mil veintiuno que excluyó como prueba nueve documentos ofrecidos por el recurrente, por considerarlos impertinentes. Refiere, luego de exponer latamente los antecedentes de la causa, que la decisión impugnada agravia a su parte y la deja en absoluta indefensión. SEGUNDO: Que evacuando informe el Magistrado Francisco Veas Vera, Juez Suplente del Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago, señaló que en la audiencia preparatoria celebrada con fecha dieciséis de diciembre del año dos mil veintiuno se excluyeron nueve documentos ofrecidos como medios de prueba por la parte demandante, siendo recurrida dicha resolución mediante reposición, respecto de dos de los documentos. Indica que con fecha veintitrés de diciembre del mismo año, la parte demandante interpuso recurso de apelación en contra de la resolución que dispuso la exclusión de la prueba, solicitando se acoja la apelación y se incluyan dichos medios, resolviendo el tribunal no dar lugar a la tramitación del recurso, toda vez que la resolución apelada, a criterio del tribunal, no es de aquellas susceptibles de tal recurso, conforme al artículo 476 del Código del Trabajo, al no poner término al juicio o hacer imposible su continuación, no tratarse de medidas cautelares ni resolver liquidaciones o reliquid
Fallo
Por estas consideraciones y visto, además, lo dispuesto en los artículos 472 del Código del Trabajo y 203 del Código de Procedimiento Civil, se rechaza el recurso de hecho interpuesto por el abogado Juan Pablo Díaz Pino, en contra de la resolución de veintitrés de diciembre de dos mil veintiuno, dictada en autos RIT O-5495-2021, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago. Regístrese, comuníquese y archívese. Ingreso Laboral – Cobranza ROL ICA Nº 4213-2021.- Pronunciada por la Décima Sala, integrada por los Ministros señor Marisol Andrea Rojas Moya, señora Jenny Book Reyes y el Fiscal Judicial señor Jorge Luis Norambuena Carrillo. Autoriza el (la) ministro de fe de esta Iltma. Corte de Apelaciones de Santiago. En Santiago, veintidós de febrero de dos mil veintidós, se notificó por el estado diario la resolución que antecede.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintidós de febrero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que comparece don Juan Pablo Díaz Pino, abogado, en representación de la demandante doña Pilar del Carmen Osorio Rojas, en autos RIT O-5495-2021, caratulados “Osorio/Núñez”, sobre despido injustificado, nulidad del despido y cobro de prestaciones, seguidos ante el Segundo Juzgado de Letras d
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