SIN INFORMACION

ANAMARIA VERONICA RUIZ HENRIQUEZ/NATALIA CAROLINA GÓMEZ VERGARA Y OTROS

Rol

Fecha

21 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 12 de noviembre de 2021, comparece doña Anamaría Verónica Ruiz Henríquez, trabajadora independiente, domiciliada en El Oliveto N° 2184, comuna de Talagante, en nombre de su hija menor de edad, y deduce recurso de protección en contra de don Carlos Daniel Álvarez Esteban, Alcalde de la comuna de Talagante, don Pablo Alejandro Angulo Huerta, encargado del Gimnasio Municipal de Talagante y de doña Natalia Carolina Gómez Vergara, profesora de voleibol del taller municipal de Talagante, por haber incurrido en el acto arbitrario e ilegal consistente en la discriminación de su hija, quien fue expulsada del gimnasio por no estar vacunada y no contar con pase de movilidad. Estima afectadas las garantías constitucionales establecidas en los números 1, 2, 3, 4, 5, 6, 8, 9, 13 y 24 del artículo 19 de la Constitución Política de la República. Expone que el 14 de octubre de 2021, su hija concurrió al gimnasio municipal con la finalidad de practicar voleibol, taller en el cual se encontraba inscrita. Señala que la profesora de dicho taller, doña Natalia Gómez Vergara, la expulsó del lugar atendido que no estaba vacunada y no contaba con pase de movilidad. Afirma que, si bien intentó hablar con la profesora, luego con el encargado del lugar y hasta con el Alcalde, se le negó cualquier otra solución, a pesar que contaba con examen PCR negativo. Añade que el día de los hechos, la comuna se encontraba en fase Apertura Inicial (paso 4) y en esa situación es posible practicar deporte en un lugar cerrado con un máximo de 100 personas sin pase de movilidad o 250 si todas las personas cuentan con dicho pase, y en este caso eran menos de cien personas las que practicaban voleibol en el mismo horario en que lo hacía su hija. Afirma que ésta quedó muy afectada por la humillación que le hizo pasar la profesora. Cita además las leyes 19.496, 20.609 y 20.584. Mediante escritos de 21 de diciembre de 2021, 12 y 22 de enero de 2022 aclara el recurso y p

Fallo

Por estas consideraciones y de conformidad, además, con lo dispuesto en los artículos 19 y 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excma. Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección de las Garantías Constitucionales, se rechaza el recurso de protección deducido por doña Anamaría Verónica Ruiz Henríquez, en nombre de su hija menor de edad, en contra de don Carlos Daniel Álvarez Esteban, don Pablo Alejandro Angulo Huerta y doña Natalia Carolina Gómez Vergara, Regístrese y, en su oportunidad, archívese. Redacción de la ministra señora Ma. Catalina González Torres. N° 5.765-2021 PROTECCIÓN. Pronunciada por la Cuarta Sala de la Iltma. Corte de Apelaciones de San Miguel integrada con las Ministros Sra. M. Catalina González Torres, Sra. Dora Mondaca Rosales y Abogado Integrante Sr. José ramón Gutiérrez Silva. Se deja constancia que no firma el Abogado Integrante Sr. José ramón Gutiérrez Silva no obstante haber concurrido a la vista y acuerdo, por encontrarse ausente.

Texto Completo (Preview)

San Miguel, veintiuno de febrero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: Primero: Que el 12 de noviembre de 2021, comparece doña Anamaría Verónica Ruiz Henríquez, trabajadora independiente, domiciliada en El Oliveto N° 2184, comuna de Talagante, en nombre de su hija menor de edad, y deduce recurso de protección en contra de don Carlos Daniel Álvarez Esteban, Alcalde de la comuna de Tala

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