ÁLVAREZ/VERDUGO
Rol
Fecha
21 de febrero de 2022
Materia
ARRENDAMIENTO,COBRO RENTA BS.RAICES URBANOS
Resultado
RECHAZA CASACIÓN-CONFIRMA SENT
Hechos
VISTO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: 1°) Que la recurrente interpone recurso de casación en la forma fundado en que la sentencia incurre en el vicio de ultra perita del art 768 N 4 del Código de Procedimiento Civil. 2°) Que los fundamentos fácticos del recurso son que el demandante solicitó en su demanda que se entregara la propiedad una vez que la sentencia quede ejecutoriada, y el
Fallo
fallo señaló que la propiedad se entregará dentro de tercero día desde que cause ejecutoria. 3°) Que a este respecto, la petición de la acción interpuesta por el demandante, está circunscrita a que se le entregue la propiedad cuando la sentencia quede ejecutoriada o, en subsidio, cuando el tribunal lo determine. 4°) Que, de esta forma, lo establecido por el sentenciador está dentro del ámbito de lo pedido por el actor, por lo que no existe infracción que haga procedente la casación de la sentencia por la causal esgrimida. 5°) Que, así las cosas, el recurso que al efecto se ha planteado debe ser desestimado. Por estas consideraciones, y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 764, 765 y 784 del Código de Procedimiento Civil, SE RECHAZA el recurso de casación en la forma interpuesto por la parte demandada, en contra de la sentencia definitiva de once de febrero de dos mil veinte, dictada en causa Rol C-3812-2019 del Segundo Juzgado de Letras de Curicó, sin costas del recurso. B.- En cuanto al recurso de apelación: Visto Se reproduce la sentencia en alzada Y de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 145 y 186 del Código de Procedimiento Civil, SE CONFIRMA, sin costas, la aludida sentencia definitiva. inco de enero del presente año del Juzgado de Letras de San Javier conformidad a lo previsto en el art Regístrese y devuélvase. Rol 567-2020 Civil.
Texto Completo (Preview)
Talca, veintiuno de febrero de dos mil veintidós. A.- En cuanto al recurso de casación en la forma. VISTO Y CONSIDERANDO: 1°) Que la recurrente interpone recurso de casación en la forma fundado en que la sentencia incurre en el vicio de ultra perita del art 768 N 4 del Código de Procedimiento Civil. 2°) Que los fundamentos fácticos del recurso son que el demandante solicitó en su demanda que se
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