MARCANO DE MARCANO AVICINIA DEL VALLE/MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES
Rol
Fecha
21 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que recurre de protección, Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza, abogado, en nombre y a favor doña Avicinia Del Valle Marcano De Marcano, de nacionalidad venezolana. Funda el recurso en que la recurrente actualmente reside en Venezuela, es cónyuge y madre respectivamente de don José Vidal Marcano Salazar, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N°26.637.686-3, quien reside actualmente en Chile, desde el 20 de marzo de 2018, encontrándose actualmente en tramitación su Permanencia Definitiva y don José Ángel Marcano Marcano, venezolano, cédula de identidad para extranjeros N° 25.822.290-3, quien reside en nuestro país desde 13 de febrero de 2017 y que cuenta con permanencia definitiva. Indica que, que la amparada Avicinia Del Valle Marcano De Marcano, comenzó el trámite de solicitud de Visa Consular de Responsabilidad Democrática, el día 9 de agosto de 2019, mediante el Sistema de Atención Consular, confirmándose la recepción de la solicitud, signado la solicitud bajo el N° 639460 con fecha 22 de julio de 2020, es decir 11 meses después desde la primera gestión realizada por la amparada. Sin embargo con fecha 11 de noviembre de 2020, la amparada, recibió un correo electrónico de carácter masivo de parte de la cancillería de Chile, en el cual se le informó que debido a la prolongación del cierre de fronteras por la pandemia del coronavirus y a que se había excedido el plazo máximo para la finalización de los procedimientos administrativos, la autoridad había decidido dictar acto terminal de todos los trámites de solicitud de visa de responsabilidad democrática y, en consecuencia, rechazar todas las solicitudes de visa de responsabilidad democrática pendientes. Cabe mencionar que la solución entregada por Cancillería para afrontar este problema, es que los solicitantes de visa, vuelvan a realizar una nueva solicitud de visa, una vez que cambiaran las circunstancias actuales de pandemia, no reparando a través del correo elec
Fallo
se declara: Que se acoge el presente Recurso de Amparo deducido por Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza en favor de Avicinia Del Valle Marcano De Marcano, y se dispone que la recurrida, instruirá a la autoridad Consular respectiva para los efectos que continúe la tramitación del proceso de Visa de Responsabilidad Democrática, iniciado por la recurrente individualizada, agendar su visita y la resuelva en el plazo de treinta días. Regístrese y comuníquese. N°Amparo-419-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, veintiuno de febrero de dos mil veintidós. Vistos y teniendo presente: PRIMERO: Que recurre de protección, Alejandro Ignacio Espinoza Espinoza, abogado, en nombre y a favor doña Avicinia Del Valle Marcano De Marcano, de nacionalidad venezolana. Funda el recurso en que la recurrente actualmente reside en Venezuela, es cónyuge y madre respectivamente de don José Vidal Mar
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