BURDILES/ARMENIA EXPORT LIMITADA
Rol
Fecha
21 de febrero de 2022
Materia
ART. 19 Nº 4 CPR. VIDA PRIVADA Y HONRA
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTO: En causa Rol ingreso Corte N° 432-2021, que incide en causa RIT T 29-2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, el apoderado de la demandante, don Pablo Vilches Letelier, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de 22 de octubre de 2021, en virtud de los dispuesto en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por infringir la sentencia las normas de apreciación de la prueba de acuerdo a la sana crítica. Admitido y concedido el recurso por el Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó y, declarado admisible por esta Corte, se fijó audiencia para su vista, la que se llevó a efecto el día uno de febrero pasado.
Fundamentos
CONSIDERANDO Y OIDOS LOS INTERVINIENTES: PRIMERO: Que la recurrente interpone recurso de nulidad en contra de la sentencia del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, de 22 de octubre último, con el objeto de que la Iltma. Corte de Apelaciones, conociendo del mismo, invalide el
Fallo
fallo en su parte impugnada y dicte la sentencia de reemplazo. La recurrente invoca, subsidiariamente, las causales contempladas en los artículos 478 letra b), 477 del Código del Trabajo. SEGUNDO: Que la recurrente indica que, con fecha 4 de mayo del año en curso, esa parte dedujo denuncia por vulneración de derechos fundamentales con ocasión del despido, además de ejercer acción de despido injustificado, cobro de prestaciones y nulidad del despido. Las acciones anteriormente señaladas se basaron en que el señor Luis Burdiles, denunciante en esos autos, comenzó a prestar sus servicios con la denunciada con fecha 9 de abril de 2007, como gerente de exportación para América Latina. El producto de exportación era, principalmente, vino proveniente de viña Apaltagua. El año 2016, y producto de las operaciones de exportación que la denunciada mantenía en Brasil, el señor Burdiles, previo acuerdo con la denunciada, tuvo que trasladarse, de forma definitiva, a dicho país, junto con su familia. Dicho gasto de asumido por la empresa, quienes, además, se comprometían a financiar los gastos de retorno del señor Burdiles. Una vez en Brasil, la empresa tomó la decisión de constituir una sociedad legal en dicho país, a fin de continuar con las operaciones de exportación de los productos de la denunciada. Dicha sociedad fue constituida por el señor Rodrigo Abarzúa Fuentes – otro gerente de la demandada -, y por don Luis Burdiles, durante el año 2017, con el nombre de “Atagualpa Brasil Dist
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Talca, veintiuno de febrero de dos mil veintidós.- VISTO: En causa Rol ingreso Corte N° 432-2021, que incide en causa RIT T 29-2021, del Juzgado de Letras del Trabajo de Curicó, el apoderado de la demandante, don Pablo Vilches Letelier, deduce recurso de nulidad en contra de la sentencia de 22 de octubre de 2021, en virtud de los dispuesto en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, por in
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