SIN INFORMACION

ROJAS / JUZGADO DE LA CALERA

Rol

Fecha

21 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

Visto y teniendo presente: Primero: Que la demandante, en autos sobre cese del goce gratuito de un inmueble, recurre de hecho contra la resolución dictada en etapa de cumplimiento incidental de fecha 27 de septiembre de 2021, por el Juzgado de Letras de La Calera, que negó lugar a la apelación subsidiaria que dedujo contra aquella dictada el 8 del mismo mes y año, que no dio lugar al embargo que solicitó sobre derechos del demandado en un bien raíz, ordenándole que intente practicar embargo en el domicilio del deudor respecto de sus bienes muebles, dada la obligación de velar por la proporcionalidad del mismo y el orden de prelación establecido en el artículo 447 del Código de Procedimiento Civil. Sostiene que la resolución que se recurre de hecho es una sentencia interlocutoria, porque corresponde al otorgamiento o no de una medida cautelar. Segundo: Que, al informar, doña Catalina Lagos Gómez, Juez de Letras de La Calera, expone que la resolución que negó lugar al embargo sobre derechos en un inmueble, es un auto o decreto que no altera la sustanciación del juicio ni dispone algún trámite no contemplado en la ley, por lo que no se encuentra en los casos de excepción del artículo 188 del Código de Procedimiento Civil. Tercero: Que, de conformidad con los antecedentes tenidos a la vista, consta que la resolución contra la que se recurre de hecho, señala: “Atendida la naturaleza de la resolución recurrida y atendido lo dispuesto en el artículo 188 del Código de Procedimiento Civil, no ha lugar al recurso de apelación interpuesto, por la parte demandante por improcedente”. A su turno, la resolución apelada de forma subsidiaria es del tenor siguiente: “A lo principal: No ha lugar e inténtese embargo en el domicilio del deudor respecto de sus bienes muebles, teniendo en consideración la obligación del Tribunal de velar por la proporcionalidad del embargo, que se desprende de la interpretación armónica de los artículos 443, 447, 448 y 449 todos del Código de Procedim

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C.A. de Valparaíso Valparaíso, veintiuno de febrero de dos mil veintidós. Visto y teniendo presente: Primero: Que la demandante, en autos sobre cese del goce gratuito de un inmueble, recurre de hecho contra la resolución dictada en etapa de cumplimiento incidental de fecha 27 de septiembre de 2021, por el Juzgado de Letras de La Calera, que negó lugar a la apelación subsidiaria que dedujo contra

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