DESIDERIO CATALÁN OLIVARES / PREFABRICADO DE HORMIGONES GRAU S.A
Rol
Fecha
18 de febrero de 2022
Materia
OTRAS INDEMNIZACIONES (ESPECIFICÁNDOLA)
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS: En estos antecedentes Ingreso Corte 625-2021 Laboral provenientes del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, en causa RIT O-550-2020, por sentencia de diez de diciembre de dos mil veintiuno se acogió la demanda interpuesta por DESIDERIO CATALÁN OLIVARES en contra de HORMIGONES GRAU S.A., representada legalmente por don Eduardo Soto Valenzuela. Contra el aludido fallo el abogado Juan Manuel Rojas Espinoza, en representación de la demandada, dedujo recurso de nulidad invocando la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, aduciendo que la sentencia habría sido dictada con infracción manifiesta a las normas de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica; en subsidio invocó la causal del artículo 477 del referido cuerpo legal, por infracción al artículo 177 del mismo estatuto y, aún en subsidio, la misma causal anterior, pero alegando esta vez infracción a los artículos 101 y 102 del Código de Comercio. Previa declaración de admisibilidad del recurso, alegaron en la audiencia respectiva los abogados de ambas partes. CON LO OÍDO Y
Fundamentos
CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se inicia exponiendo -como antecedentes generales de la causa- resúmenes de la demanda y su contestación y de lo decidido por el tribunal. Luego, desarrolla la causal principal invocada para fundarlo, que es la prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, sosteniendo que en el
Fallo
fallo el abogado Juan Manuel Rojas Espinoza, en representación de la demandada, dedujo recurso de nulidad invocando la causal del artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, aduciendo que la sentencia habría sido dictada con infracción manifiesta a las normas de apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica; en subsidio invocó la causal del artículo 477 del referido cuerpo legal, por infracción al artículo 177 del mismo estatuto y, aún en subsidio, la misma causal anterior, pero alegando esta vez infracción a los artículos 101 y 102 del Código de Comercio. Previa declaración de admisibilidad del recurso, alegaron en la audiencia respectiva los abogados de ambas partes. CON LO OÍDO Y CONSIDERANDO: PRIMERO: Que el recurso se inicia exponiendo -como antecedentes generales de la causa- resúmenes de la demanda y su contestación y de lo decidido por el tribunal. Luego, desarrolla la causal principal invocada para fundarlo, que es la prevista en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, sosteniendo que en el fallo se infringen las normas sobre apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica. Afirma la existencia de un error lógico formal en la contradicción que advierte en la valoración que el fallo asigna a los documentos denominados “Adendum Contrato colectivo de trabajo suscritos el 9.07.2020 entre la empresa Prefabricados de Hormigón Grau S.A. y el Sindicato N°4 de Trabajadores de la Empresa y el Sindicato N°2”, puesto que luego de
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San Miguel, dieciocho de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: En estos antecedentes Ingreso Corte 625-2021 Laboral provenientes del Juzgado de Letras del Trabajo de San Bernardo, en causa RIT O-550-2020, por sentencia de diez de diciembre de dos mil veintiuno se acogió la demanda interpuesta por DESIDERIO CATALÁN OLIVARES en contra de HORMIGONES GRAU S.A., representada legalmente por don Eduardo
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