Jdo. Cob. Laboral y Previsional de San Miguel

GÓMEZ/ALTA SEGURIDAD LIMITADA

Rol

C-4-2020

Fecha

18 de febrero de 2020

Materia

Resultado

No especificado

Ver en fuente oficial

Hechos

Vistos: 1.- Que con fecha 31 de enero de 2020, el receptor Felipe Ignacio Fontecilla Nuñez realizó embargo por la suma correspondiente a la liquidación en la cuenta corriente perteneciente a la demandada “Alta Seguridad Ltda” y por la misma suma en la cuenta corriente de la demandada solidaria “Serviland Ltda”. 2.- Que con fecha 03 de febrero de 2020 la ejecutada solicita se deje sin efecto la retención efectuada a la demandada solidaria, argumentando que los fondos se encuentran embargados en exceso. 3.- Que atendido el tiempo transcurrido con fecha 10 de febrero del presente se realiza una nueva liquidación y tasación de costas procesales y sumadas a las personales, el monto de lo adeudado a favor de la demandante doña ROSA DEL TRÁNSITO GÓMEZ LAGOS, asciende a la suma de $3.175.345 (tres millones ciento setenta y cinco mil trescientos cuarenta y cinco pesos), superando el monto embargado inicialmente a la ejecutada de autos “Alta Seguridad Ltda”. Por consiguiente, y

Fundamentos

considerando lo expuesto y razonado,

Fallo

se resuelve derechamente a lo principal de la presentación de fecha 03 de febrero del presente, efectuada por la parte ejecutada: Vistos: 1.- Que con fecha 31 de enero de 2020, el receptor Felipe Ignacio Fontecilla Nuñez realizó embargo por la suma correspondiente a la liquidación en la cuenta corriente perteneciente a la demandada “Alta Seguridad Ltda” y por la misma suma en la cuenta corriente de la demandada solidaria “Serviland Ltda”. 2.- Que con fecha 03 de febrero de 2020 la ejecutada solicita se deje sin efecto la retención efectuada a la demandada solidaria, argumentando que los fondos se encuentran embargados en exceso. 3.- Que atendido el tiempo transcurrido con fecha 10 de febrero del presente se realiza una nueva liquidación y tasación de costas procesales y sumadas a las personales, el monto de lo adeudado a favor de la demandante doña ROSA DEL TRÁNSITO GÓMEZ LAGOS, asciende a la suma de $3.175.345 (tres millones ciento setenta y cinco mil trescientos cuarenta y cinco pesos), superando el monto embargado inicialmente a la ejecutada de autos “Alta Seguridad Ltda”. Por consiguiente, y considerando lo expuesto y razonado, se resuelve que en atención a que los montos embargados no exceden el de la obligación total de autos, no ha lugar a lo solicitado por la parte ejecutada y estese a lo que se resolverá. Requiérase la remisión de los fondos al Banco de Chile correspondientes al embargo efectuado a la ejecutada “Alta Seguridad Ltda” por la suma de $2.659.100 (dos

Texto Completo (Preview)

EJKCXMJZXR Este documento tiene firma electrónica y su original puede ser validado en http://verificadoc.pjud.cl o en la tramitación de la causa. A contar del 08 de septiembre de 2019, la hora visualizada corresponde al horario de verano establecido en Chile Continental. Para Chile Insular Occidental, Isla de Pascua e Isla Salas y Gómez restar 2 horas. Para más información consulte http://www.hora

¿Necesitas analizar esta sentencia?

Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.

Usar IA Jurídica