VILLEGAS/DEPARTAMENTO DE EXTRANJERÍA Y MIGRACIÓN DEL MINISTERIO DEL INTERIOR Y SEGURIDAD PÚBLICA
Rol
Fecha
15 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
ACOGIDA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de don Gheyler Rafael Villegas Aguilar, venezolano, domiciliado en calle Portugal Nº 810, Santiago; interponiendo acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migración del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, representado don Álvaro Bellolio Avaria, con domicilio en calle Matucana Nº 1223, Santiago; por la omisión ilegal y arbitraria en el pronunciamiento de la solicitud de permanencia definitiva del actor, realizada el 26 de enero de 2021, que atentaría contra la garantía fundamental del artículo 19 Nº 2 de la Constitución Política de la República y el artículo 27 de la Ley Nº 19.880. Solicita que se acoja su acción, adoptando las providencias que sean necesarias para establecer el imperio del derecho (sic). Expone que el actor ingresó al país como turista, el 11 de febrero de 2020, con ánimo de permanencia, motivo por el cual obtuvo una visa temporal y, previo a su vencimiento, solicitó el 26 de enero de 2021 el beneficio de permanencia definitiva, según consta en solicitud número 18065496, que acompaña. Refiere que hasta la fecha de su presentación no ha sido liberada la orden de pago del beneficio migratorio requerido, siento esto un prerrequisito para que la entidad administrativa se pronuncie de su petición. Estima que la omisión del Departamento de Extranjería y Migración de emitir una resolución a su requerimiento, implica un perjuicio permanente del cual han transcurrido más de 6 meses, de una tramitación que considera excesiva y vulneratoria del principio de celeridad consagrado en los artículos 7 y 27 de la Ley Nº 19.880. SEGUNDO: Que informando por la recurrida, el abogado don Carlos Poblete Acuña, solicita que se rechace la acción. Expone que efectivamente el recurrente solicitó la permanencia definitiva el 26 de enero de 2021, generándose un comprobante de permiso de permanencia definitiva en trámite, q
Fallo
Por estas consideraciones y lo dispuesto en el artículo 20 de la Constitución Política de la República y en el Auto Acordado de la Excelentísima Corte Suprema sobre Tramitación y Fallo del Recurso de Protección, se acoge, sin costas la acción deducida en favor de don Gheyler Rafael Villegas Aguilar, en contra del Departamento de Extranjería y Migración dependiente del Ministerio del Interior y Seguridad Pública de Chile, disponiéndose que resuelva la solicitud de permanencia definitiva del recurrente dentro del plazo de 30 hábiles días contados desde la fecha de esta sentencia. Regístrese y en su oportunidad archívese. N°Protección-36650-2021.
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C.A de Santiago Santiago, quince de febrero de dos mil veintidós Al folio 16: téngase presente. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que comparece don Pablo Daniel Peñaloza Parra, abogado, en favor de don Gheyler Rafael Villegas Aguilar, venezolano, domiciliado en calle Portugal Nº 810, Santiago; interponiendo acción constitucional de protección en contra del Departamento de Extranjería y Migraci
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