TRANSPORTES SANTA MARGARITA LTDA./CONSTRUCTORA CONEF LIMITADA - (CASACION Y APELACION) - (LTE)
Rol
Fecha
15 de febrero de 2022
Materia
FACTURA, NOTIFICACIÓN DE
Resultado
DE FALLO (DEL ACUERDO)
Hechos
VISTOS: En estos autos rol C-1015-2018 del Juzgado de Letras de Colina, sobre gestión preparatoria de notificación judicial de factura, caratulados “Transportes Santa Margarita Ltda. con Constructora Conef Ltda.” por sentencia de veintitrés de julio de dos mil diecinueve, se oposición deducida por la demandada consistente en “la falta de acuso de recibo” de la factura objeto de la gestión. En contra de dicho fallo la demandante dedujo recursos de casación en la forma y apelación. Se trajeron los autos en relación.
Fundamentos
CONSIDERANDO: I.-EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA PRIMERO: Que invocó en lo principal de su escrito, como causal del recurso, la contenida en el numeral 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “En haber sido pronunciada con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el artículo 170”, la que hace consistir en omisiones respecto de los numerales 4° y 5° de la citada disposición, conforme a los cuales: “Las sentencias definitivas de primera o única instancia y las de segunda que modifiquen o revoquen en su parte dispositiva las de otros tribunales, contendrán: 4° Las consideraciones de hecho o de derecho que sirven de fundamento a la sentencia”; y “5° La enunciación de las leyes, y en su defecto de los principios de equidad, con arreglo a los cuales se pronuncia el fallo”. Argumenta la recurrente que los vicios que reclama han consistido en una aplicación ultraactiva al antiguo texto del artículo 5° de la Ley N° 19.983, sin advertir las modificaciones introducidas mediante Ley N° 20.956, las que determinaron la total prescindencia del “acuse recibo”, siendo de relevancia considerar que la factura que se pretende cobrar fue emitida con fecha 22 de diciembre de 2017, esto es, transcurrido más de un año desde la modificación legal. Agrega que los vicios que denuncia quedan evidenciados en el considerando décimo quinto del
Fallo
fallo la demandante dedujo recursos de casación en la forma y apelación. Se trajeron los autos en relación. CONSIDERANDO: I.-EN CUANTO AL RECURSO DE CASACIÓN EN LA FORMA PRIMERO: Que invocó en lo principal de su escrito, como causal del recurso, la contenida en el numeral 5° del artículo 768 del Código de Procedimiento Civil, esto es, “En haber sido pronunciada con omisión de cualquiera de los requisitos enumerados en el artículo 170”, la que hace consistir en omisiones respecto de los numerales 4° y 5° de la citada disposición, conforme a los cuales: “Las sentencias definitivas de primera o única instancia y las de segunda que modifiquen o revoquen en su parte dispositiva las de otros tribunales, contendrán: 4° Las consideraciones de hecho o de derecho que sirven de fundamento a la sentencia”; y “5° La enunciación de las leyes, y en su defecto de los principios de equidad, con arreglo a los cuales se pronuncia el fallo”. Argumenta la recurrente que los vicios que reclama han consistido en una aplicación ultraactiva al antiguo texto del artículo 5° de la Ley N° 19.983, sin advertir las modificaciones introducidas mediante Ley N° 20.956, las que determinaron la total prescindencia del “acuse recibo”, siendo de relevancia considerar que la factura que se pretende cobrar fue emitida con fecha 22 de diciembre de 2017, esto es, transcurrido más de un año desde la modificación legal. Agrega que los vicios que denuncia quedan evidenciados en el considerando décimo quinto del fallo
Texto Completo (Preview)
Santiago, quince de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: En estos autos rol C-1015-2018 del Juzgado de Letras de Colina, sobre gestión preparatoria de notificación judicial de factura, caratulados “Transportes Santa Margarita Ltda. con Constructora Conef Ltda.” por sentencia de veintitrés de julio de dos mil diecinueve, se oposición deducida por la demandada consistente en “la falta de acuso de
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica