YÁÑEZ/BUSTAMANTE
Rol
Fecha
14 de febrero de 2022
Materia
OPOSICIÓN REGULARIZACIÓN POSESIÓN D.L. 2.695
Resultado
REVOCADA
Hechos
VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado Héctor Arancibia Rodríguez, en representación de la parte demandada, dedujo recurso de apelación, en contra de la resolución de veintiocho de diciembre de dos mil veintiuno que rechazó el incidente de abandono del procedimiento. Fundamenta su arbitrio procesal, en resumen, indicando que procede declarar el abandono del procedimiento en el presente juicio debido a que la última resolución recaída en una gestión útil es aquella de 30 de octubre del año 2019 que recibió la causa a prueba, y ordenó notificarla personalmente o por cédula. Agrega que el 28 de mayo del año 2020 el demandante pidió el desarchivo de la causa y solicitó tenerlo por notificado de la citada interlocutoria de prueba. En consecuencia, la última gestión útil para dar curso progresivo a los autos excede el plazo de seis meses para declarar abandonado el procedimiento de conformidad al artículo 152 del Código de Procedimiento Civil. Solicita que se revoque la resolución recurrida, declarándose abandonado el procedimiento con costas. SEGUNDO: Que, son hechos no discutidos del proceso: que el 30 de octubre de 2019, se dictó la resolución que recibió la causa a prueba y ordenó su notificación personal o por cédula. Que el 30 de mayo de 2020, el demandante pidió el desarchivo de la causa y solicitó tenerlo por notificado de la citada interlocutoria de prueba. Que el 10 de septiembre de 2020, el Tribunal tuvo por notificada a la parte demandante de la interlocutoria de prueba y suspendió el término de prueba, hasta el vencimiento de los diez días hábiles posteriores al cese del estado de excepción constitucional de catástrofe por calamidad pública, declarado por Decreto Supremo N°104 de 18 de marzo de 2020 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública. Que el 19 de noviembre de 2021 el Juez dejó sin efecto la suspensión decretada 10 de septiembre de 2020 y ordenó su notificación. Que el 16 de diciembre de 2021 se notificó al apoderado de la parte dem
Fallo
se declara que se acoge el incidente de abandono del procedimiento interpuesto por la demandada en la causa Rol N° 2184-2019 del mencionado Tribunal, sin costas. Comuníquese por vía interconexión. Rol N° 5-2022 Civil. 2
Texto Completo (Preview)
Arica, catorce de febrero de dos mil veintidós. VISTO Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, el abogado Héctor Arancibia Rodríguez, en representación de la parte demandada, dedujo recurso de apelación, en contra de la resolución de veintiocho de diciembre de dos mil veintiuno que rechazó el incidente de abandono del procedimiento. Fundamenta su arbitrio procesal, en resumen, indicando que procede decl
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