INVERSIONES E INMOBILIARIA HEMOC S.A./CORRO
Rol
Fecha
17 de febrero de 2022
Materia
ARRENDAM.TERMINACIÓN INMEDIATA POR NO PAGO RENTAS O RECONVEN
Resultado
INADMISIBLE
Hechos
Vistos y teniendo presente: 1.- Que, el artículo 13 de la ley 18.101 señala que el cumplimiento de las resoluciones que se dicten en los juicios relativos a los contratos de arrendamientos de bienes raíces urbanos se regirá por las reglas generales. 2.- Que, a su vez, el artículo 90 del Código de Procedimiento Civil señala que las resoluciones que se pronuncien con ocasión de recibirse un incidente a prueba, son inapelables, siendo ésta una norma de carácter especial que prima por sobre la disposición del artículo 319 del Código de Procedimiento Civil. Por las razones expuestas y normas legales citadas, se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el once de enero del año en curso (folios N° 6 y 7 del cuaderno de Incidente Nulidad de lo Obrado), en contra de la resolución de siete de enero del mismo año (folio N° 5 cuaderno de Incidente Nulidad de lo Obrado). Devuélvase. N°Civil-1791-2022.
Fallo
se declara inadmisible el recurso de apelación deducido en subsidio por el demandado el once de enero del año en curso (folios N° 6 y 7 del cuaderno de Incidente Nulidad de lo Obrado), en contra de la resolución de siete de enero del mismo año (folio N° 5 cuaderno de Incidente Nulidad de lo Obrado). Devuélvase. N°Civil-1791-2022.
Texto Completo (Preview)
C.A. de Santiago Santiago, diecisiete de febrero de dos mil veintidós (paus). A los folios N° 3 y 4: aténgase a lo que se resolverá. Vistos y teniendo presente: 1.- Que, el artículo 13 de la ley 18.101 señala que el cumplimiento de las resoluciones que se dicten en los juicios relativos a los contratos de arrendamientos de bienes raíces urbanos se regirá por las reglas generales. 2.- Que, a su
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