10º JUZGADO DE GARANTIA DE SANTIAGO

C/ MARIA FLORENCIA SEPULVEDA. RECURSO INCORPORADO A LA TABLA DE HOY DE ACUERDO A LEY N° 20.253

Rol

Fecha

14 de febrero de 2022

Materia

CONSUMO/PORTE EN LUGARES PUBLICOS O PRIV.CON PREVIO CONCIERTO ART. 50 LEY Nº 20.000 TRAFICO ILICITO

Resultado

REVOCADA

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Hechos

Vistos: Del mérito de los antecedentes expuestos por las partes en la audiencia, se advierte que en este estadio procesal, se encuentran acreditados los presupuestos establecidos en las letras a) y b) del artículo 140 del Código Procesal Penal respecto de la imputada María Florencia Sepúlveda. En lo que dice relación a la letra c) del artículo antes citado, esta Corta estima que otras medidas cautelares distinta a la prisión preventiva son suficientes para asegurar la comparecencia de ésta y los fines del procedimiento. Por lo anteriormente señalado y lo dispuesto en el artículo 352 del Código Procesal Penal, se revoca la resolución dictada en audiencia de doce de febrero del año en curso, por el 10° Juzgado de Garantía de Santiago, no dio lugar a decretar la prisión preventiva respecto de María Florencia Sepúlveda y se declara que se le imponen las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 hasta las 06:00 horas del día siguiente y arraigo nacional, debiendo el tribunal a quo arbitrar lo pertinente para dar cumplimiento a lo antes decretado. Se previene que la Ministra señora Mera concurre a la revocación de la resolución apelada, pero fue del parecer de imponer la medida cautelar de prisión preventiva por estimar que resulta más acorde a los antecedentes de la causa. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 427-2022-Penal

Fallo

se declara que se le imponen las medidas cautelares de arresto domiciliario nocturno desde las 22:00 hasta las 06:00 horas del día siguiente y arraigo nacional, debiendo el tribunal a quo arbitrar lo pertinente para dar cumplimiento a lo antes decretado. Se previene que la Ministra señora Mera concurre a la revocación de la resolución apelada, pero fue del parecer de imponer la medida cautelar de prisión preventiva por estimar que resulta más acorde a los antecedentes de la causa. Comuníquese y devuélvase vía interconexión. N° 427-2022-Penal

Texto Completo (Preview)

Fecha: catorce de febrero de dos mil veintidós. Sala: Tercera. Rol Corte: 427-2022. RUC: 2200143629-9. RIT: 365-2022. Tribunal: 10° Juzgado de Garantía de Santiago. Imputado: María Florencia Sepúlveda Fiscal: Marcos Pastén Campos. Defensor: Daglas Perusina Catrileo. Hora inicio: 10:06. Hora término: 10:18. Tipo de Recurso: Apelación de medida cautelar. Escritos proveídos en audiencia: 1. RESOLUC

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