BECERRA CON ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE PICHILEMU
Rol
Fecha
14 de febrero de 2022
Materia
DESPIDO INJUSTIFICADO
Resultado
RECHAZADA
Hechos
hechos que estime probados, y el razonamiento que conduce a esta estimación. Aduce que la sentencia impugnada en su
Fundamentos
considerando noveno el por qué el Tribunal desestima la utilización de chaqueta institucional y credencial para estimar una dependencia del trabajador con el empleador, objetando en definitiva que el
Fallo
fallo de reemplazo en la que se declare que, “don Juan Carlos Becerra González prestó servicios como trabajador dependiente de la Ilustre Municipalidad de Pichilemu en los términos indicados en la demanda, y que su despido fue improcedente, y nulo por no haberse consignado sus cotizaciones de seguridad social por parte de la demandada, con costas”. Agrega, por otra parte, que en el caso de acogerse la causal subsidiaria de nulidad que intenta, referida al artículo 478 letra e), con relación al artículo 459 N°4, ambos del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia se hubiere dictado con omisión de requisitos, requirió se procediera a anular el fallo y a dictar sentencia de reemplazo, con las mismas declaraciones referidas en el párrafo precedente con relación a la primera causal opuesta. En la audiencia de vista del recurso y una vez finalizada la exposición de la parte recurrente, y luego de escuchado el apoderado de la demandada, se puso término a la misma, quedando la causa en estado de alcanzar acuerdo y producido éste, se procede a dictar el siguiente fallo. C O N S I D E R A N D O: 1°) Que, como primera causal se solicitó la nulidad de la sentencia, fundada en lo dispuesto en el artículo 478 letra b) del Código del Trabajo, esto es, cuando la sentencia “…haya sido pronunciada con infracción manifiesta de las normas sobre la apreciación de la prueba conforme a las reglas de la sana crítica”, vinculando tal violación con lo dispuesto en el artículo 456 del Código
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Rancagua, catorce de febrero de dos mil veintidós. V I S T O S: El abogado Jeremías Alfonso Molina Escobar, en representación del actor Juan Carlos Becerra González, en los autos ordinarios Rol O-7-2021 del Juzgado de Letras y Garantía de Pichilemu, dedujo recurso de nulidad en contra de la sentencia definitiva de 8 de noviembre de 2021, dictada por el Juez Titular Juan Manuel Gatica Lizana, por
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