SIN INFORMACION

PERIVANCICH / TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL DE VALPARAÍSO

Rol

Fecha

14 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

ACOGIDA

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Hechos

VISTOS: A folio 1 comparece doña Claudia Perivancich Hoyuelos, Fiscal Regional del Ministerio Público de Valparaíso, quien entabla recurso de hecho en contra de la resolución del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso de 23 de noviembre de 2021, que declaró inadmisible la apelación interpuesta en contra de la sentencia definitiva dictada con fecha 19 de noviembre de 2021, en aquella parte que condenó al Ministerio Público y solidariamente a la Fiscal adjunto María Loreto Hermann Cortés al pago de las costas. Señala que si bien el Código Procesal Penal establece algunas reglas especiales en materia de costas, no existe un estatuto autónomo ni definición sobre estas, remitiéndose al Código de Procedimiento Civil. Agrega que la condena en costas no resuelve la Litis, constituyendo una resolución o pronunciamiento accesorio, jurídicamente diferenciable, para efectos de su impugnación, de la decisión relativa a la materia principal, como lo es en este caso, la absolución del imputado. Solicita finalmente se declare que se hace lugar al recurso de apelación y se determine sus efectos. A folio 6 informan los jueces recurridos del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso, quienes relatan los mismos antecedentes de la causa señalados por la actora, a lo que añaden que el artículo 364 del Código Procesal Penal, no distingue la naturaleza de la resolución, por ello se resolvió no conceder el recurso de apelación deducido por la Fiscalía, dejando constancia que la Magistrado Echeverría concurrió a la resolución recurrida con voto en contra, siendo de opinión de declarar admisible la apelación señalada. A folio 7 se ordenó traer lo autos en relación. Con lo relacionado y

Fundamentos

considerando: Que, la sentencia que resuelve la imposición de costas en contra del ente persecutor es, a juicio de esta Corte, una pretensión de carácter accesorio a la materia decidida y tiene la naturaleza de sentencia interlocutoria que establece derechos permanentes en favor de las partes, por lo que resulta aplicable lo dispuesto en el artículo 187 del Código de Procedimiento Civil, en relación al artículo 52 del Código Procesal Penal, procediendo recurso de apelación en su contra. Y visto lo dispuesto en el artículos 52 y 369 del Código Procesal Penal, se acoge el recurso de hecho, en consecuencia, se deja sin efecto la resolución del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso de veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno y en su lugar, se concede en el sólo efecto devolutivo el recurso de apelación interpuesto en contra de la sentencia de diecinueve de noviembre de dos mil veintiuno. Comuníquese al Tribunal del Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso a fin que eleve los antecedentes para su conocimiento y resolución. Regístrese, notifíquese y archívese. N°Penal-2589-2021.

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edp C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: A folio 1 comparece doña Claudia Perivancich Hoyuelos, Fiscal Regional del Ministerio Público de Valparaíso, quien entabla recurso de hecho en contra de la resolución del Tribunal Oral en lo Penal de Valparaíso de 23 de noviembre de 2021, que declaró inadmisible la apelación interpuesta en contra de la sentencia de

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