SIN INFORMACION

PONCE / AFP HABITAT

Rol

Fecha

14 de febrero de 2022

Materia

SIN INFORMACION

Resultado

RECHAZADA

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Hechos

VISTO: A folio 1, comparece Ingrid Ginette Irrazabal Espinoza, abogada, en representación de don Wilfredo Ponce Milla, empleado, cédula de identidad 10.126.505-6, domiciliado en calle Las Rejas N° 10, Población Navarino, Miraflores, y deduce recurso de protección en contra de AFP Habitat, representada legalmente por don Alejandro Bezanilla Mena, o por quien en derecho lo reemplace o represente, ignora profesión u oficio, ambos domiciliados para estos efectos en Avenida Libertad N°777, Viña del Mar. Funda su arbitrio señalando que don Wilfredo Ponce Milla se encuentra afiliado a la Administradora de Fondos de Pensiones Hábitat desde el año 1996. El 17 de agosto de 2021 dado a que estaba enfrentando una dificultad económica, solicitó el retiro de sus fondos de su cuenta de cotización obligatoria. El 18 de agosto de 2021 recibió un correo que indicaba AFP Hábitat informa que se ha ingresado exitosamente tu solicitud número R 53246158 realizada el día anterior para el retiro del 10%. El 25 de agosto de 2021 su representado concurrió personalmente a AFP Habitat con el objeto de solicitar certificado de movimientos de cotizaciones obligatorias y al revisar dicha cartola con gran sorpresa se percató del hecho de que se había efectuado un cargo con fecha 06 de agosto de 2021, por una suma de $ 2.934.988, tipo de movimiento ccico (sic) 10% por pensión alimenticia. De inmediato solicitó que se le diera una explicación, pues dicho traspaso se efectuó desobedeciendo una orden del tribunal que ordenó alzar medida cautelar y entregar los fondos que solicite o pueda solicitar su titular. En dicha oficina, se le indicó que se habían traspaso sus fondos a la cuenta N° 23962901220, perteneciente a doña Liliana Cisternas Alarcón, por ello no había forma de recuperarlos y que no se le pagaría su retiro. Argumenta que este depósito se efectuó desobedeciendo una orden del tribunal de Familia de Valparaíso de fecha 28 de julio de 2021 que señala: Que se deja sin efecto medida cautel

Fundamentos

CONSIDERANDO: Primero: Que el recurso de protección tiene por objeto restablecer el imperio del derecho cuando este ha sido quebrantado por actos u omisiones arbitrarias o ilegales que amenazan, perturban o privan del ejercicio legítimo de alguna de las garantías taxativamente numeradas en el artículo 20 de la Constitución Política de la República, dejando a salvo las demás acciones legales. Segundo: Que, el acto contra el cual se recurre consiste en el traspaso que efectuó AFP Habitat de fondos previsionales del actor hacia la cuenta de doña Liliana Cisternas Alarcón, desacatando la resolución de Juzgado de Familia de Valparaíso de fecha 28 de julio de 2021 en causa RIT Z-142-2010, que ordenaba alzar la medida cautelar y entregar los fondos a su titular, don Wilfredo Ponce Milla. Tercero: Que, del mérito de los antecedentes acompañados por el Juzgado de Familia de Valparaíso y de la causa RIT Z-142-2010 que se tiene a la vista vía interconexión, constan los siguientes antecedentes: 1° Que por resolución de 28 de julio de 2021, se ordena oficiar a la AFP Habitat, con el objeto de dejar sin efecto la medida cautelar de la retención del primer y segundo del 10% de los fondos previsionales cuyo retiro solicitó o pueda solicitar el afiliado Wilfredo Ponce Milla. 2° Que, por oficio de 16 de agosto de 2021, AFP Habitat informa que con fecha 06 de agosto del 2021, pagó la suma de $2.964.988.- en favor de la beneficiaria Liliana Cisternas Alarcón, y que efectuado el pago, el deudor queda con un saldo retenido de $0. 3° Que, por resolución de 17 de agosto de 2021, el Juzgado ordena a AFP Habitat aclarar los motivos del monto depositado con fondos retenidos al alimentante de autos. 4° Que por resolución de 31 de agosto de 2021, el Juzgado de Familia ordena pedir cuenta nuevamente a AFP Habitat de lo resuelto con fecha 17 de agosto de 2021, esto es, que aclare el pago realizado con fecha 06 de agosto de 2021 por el monto de $2.964.988.-, lo anterior, teniendo presente que en estos autos no se ha ordenado el pago del tercer retiro del 10% de fondos de AFP del alimentante. Sin perjuicio de lo resuelto, confiere traslado a la demandante a fin que manifieste lo que estime en derecho dentro del plazo de tercero día, sobre la efectividad de haber recibido el pago por la suma de $2.964.988.- y la factibilidad de restituir los fondos pagados en exceso por la Administradora de Fondos de Pensiones. 5° Que por resolución de 15 de septiembre de 2021, atendido el tiempo transcurrido, el tribunal pide cuenta a la AFP Habitat de lo resuelto con fecha 31 de agosto del año pasado, bajo apercibimiento de oficiar a la Superintendencia de Pensiones, con el objeto de remitir los antecedentes de autos para las multas y sanciones que procedan. Cuarto: Que de acuerdo a los antecedentes relacionados y teniendo especialmente en consideración que los hechos que motivan la presente acción cautelar se refieren al error por concepto de pago en que habría incurrido AFP Habitat S.

Fallo

se resuelve por el Juzgado de Familia de Valparaíso, en causa RIT Z-142-2010, decretar medida cautelar de retención de los fondos previsionales cuyo retiro solicitó o pueda solicitar el afiliado Wilfredo Ponce Milla, hasta que el tribunal informe que fue dejada sin efecto, relativos al primer retiro del 10%. Dicha medida cautelar se otorgó dentro del contexto del primer retiro del 10%, siendo éste el único retiro del 10% vigente a la fecha. Con fecha 09 de octubre 2020, notificada a AFP Habitat con fecha 13 de octubre 2020, se resuelve por el Juzgado de Familia de Valparaíso, en causa RIT Z-142-2010, que en el evento que el afiliado Wilfredo Ponce Milla, realice solicitud para el retiro de los fondos, deberá pagar a doña Liliana Angela Cisternas Alarcón, la suma de $4.236.667.-, con los fondos retenidos. Con fecha 11 de diciembre de 2020 se resuelve por el Juzgado de Familia de Valparaíso, en causa RIT Z-142-2010, decretar medida cautelar de retención de los fondos previsionales cuyo retiro solicitó o pueda solicitar el afiliado Wilfredo Ponce Milla, hasta que el tribunal informe que fue dejada sin efecto, relativos al segundo retiro del 10%. Dicha medida cautelar se otorgó dentro del contexto del segundo retiro del 10%. Con fecha 18 de diciembre de 2020 se resuelve, en una causa distinta de la anterior, por el Juzgado de Familia de Valparaíso, en causa RIT Z-2561-2020, decretar medida cautelar de retención de los fondos previsionales cuyo retiro solicitó o pueda solicit

Texto Completo (Preview)

C.A. de Valparaíso Valparaíso, catorce de febrero de dos mil veintidós. VISTO: A folio 1, comparece Ingrid Ginette Irrazabal Espinoza, abogada, en representación de don Wilfredo Ponce Milla, empleado, cédula de identidad 10.126.505-6, domiciliado en calle Las Rejas N° 10, Población Navarino, Miraflores, y deduce recurso de protección en contra de AFP Habitat, representada legalmente por don Aleja

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