RECURSO DE AMPARO INTERPUESTO EN FAVOR DE JOSE MUÑOZ VEGA/COMISIÓN DE LIBERTAD CONDICIONAL 2DO SEMESTRE 2021
Rol
Fecha
11 de febrero de 2022
Materia
SIN INFORMACION
Resultado
RECHAZADA
Hechos
VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha 07 de febrero pasado, CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogada, por el condenado JOSÉ MIGUEL MUÑOZ VEGA,, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional quien, en sesión de octubre de 2021, rechazó la concesión del beneficio de la libertad condicional a su representado. Expresa que el amparado cumple con los requisitos temporales para optar al beneficio denegado y ha observado una conducta calificada como muy buena en los últimos seis bimestres, dando cuenta que el interno cumple las siguientes condenas corporales: a) 61 días de presidio menor en su grado mínimo, por el delito de Daños simples, en la causa RIT 1121-2014, del Juzgado de Garantía de Antofagasta; b) 7 años de presidio mayor en su grado medio, por el delito de Robo con intimidación, en la causa RIT 196-2014, del Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Antofagasta, y c) 5 años y 1 día de presidio mayor en su grado mínimo, por el delito de Robo con violencia en causa RIT 10366-2015 del Juzgado de Garantía de Antofagasta. Iniciando condena el 20 de abril de 2014 y proyectando el término de la misma para el 07 de diciembre de 2025. Sin embargo, la Comisión de Libertad Condicional decidió rechazar el beneficio por el contenido desfavorable del informe de postulación psicosocial de Gendarmería de Chile. Da cuenta, en primer lugar, de los avances en el proceso de reinserción, los cuales constan en informe social elaborado por la asistente social Wally Portflitt Toro, el que da cuenta que durante el tiempo de reclusión, el condenado ha mostrado motivación al cambio; registrando participación y adherencia a una serie de actividades propias de la unidad penal, que van en beneficio de su proceso de reinserción social. Agrega que el condenado cuenta con una red de apoyo familiar en el medio libre, representada por su familia de origen. En cuanto a la comisión del delito, refiere que el condenado expresa su a
Fundamentos
motivos en que se funda su decisión y encontrar aquella el debido respaldo en los antecedentes tenidos a la vista. OCTAVO: Que en cuanto a los nuevos antecedentes que se hacen valer, aquellos no controvierten en modo alguno las conclusiones expuestas en el informe de Gendarmería de Chile en cuanto a la existencia de riesgo de reincidencia y la circunstancia de no presentar el amparado conciencia del mal causado, así como no manifestar rechazo explícito a los delitos cometidos. NOVENO: Que, en este contexto, no habiéndose acreditado alguna actuación ilegal o arbitraria de parte la Comisión de Libertad Condicional y no logrando desvirtuarse los antecedentes en que se fundó la decisión por la cual se denegó la concesión de la libertad condicional, el recurso de amparo se rechazado como se dirá en lo resolutivo. Por los motivos expuestos, y teniendo presente lo dispuesto en el artículo 21 de la Constitución Política de la República y el Auto Acordado sobre Tramitación del Recurso de Amparo, SE RECHAZA, sin costas, el recurso de amparo interpuesto en favor de JOSÉ MIGUEL MUÑOZ VEGA, en contra de la Comisión de Libertad Condicional. Comuníquese, regístrese y archívese, en su oportunidad. Rol N° 49-2022 (Amparo).
Texto Completo (Preview)
Muñoz Vega, José Miguel Comisión de Libertad Condicional Recurso de Amparo Rol N° 49-2022.- La Serena, once de febrero de dos mil veintidós. VISTOS Y TENIENDO PRESENTE: PRIMERO: Que, a folio 1 y con fecha 07 de febrero pasado, CARLA JAVIERA DE BORGUIE VÉJAR, abogada, por el condenado JOSÉ MIGUEL MUÑOZ VEGA,, interpuso acción constitucional de amparo en contra de la Comisión de Libertad Condicional
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