BANCO SANTANDER - CHILE/VILLARROEL ARAYA, JUAN. TERC. ARAYA GUERRERO, JUANA
Rol
Fecha
11 de febrero de 2022
Materia
OTROS EJECUTIVOS
Resultado
CONFIRMADA
Hechos
VISTOS: 1°. Que, la Corte advierte que la decisión del tribunal a quo se enmarca dentro del contexto jurídico y fáctico propio de la tercería de posesión, y lo pedido por el incidentista tanto al promover la tercería como en el recurso de apelación, escapa a la naturaleza del instituto procesal en análisis, lo que conduce necesariamente a confirmar la resolución en alzada, pues efectivamente no se acreditaron los presupuestos de procedencia del incidente en cuestión. 2°. Que, los documentos acompañados en esta sede, correspondiente a una querella en contra de un ministro de fe, y la resolución que la provee, no alteran lo razonado, en la medida que no introducen información relevante y pertinente, que lleva a adoptar un parecer distinto al contenido en la sentencia en alzada, que esta Corte, por lo demás comparte. Con lo razonado y lo dispuesto en los artículos 186, 223, 227 y 518 del Código de Procedimiento Civil, 700 y 702 del Código Civil, se CONFIRMA la sentencia apelada de fecha nueve de marzo de dos mil veinte, transcrita íntegramente en la carpeta digital. Regístrese y devuélvase. Rol N° 753-2021 Civil.-
Texto Completo (Preview)
Banco Santander-Chile Villarroel Araya, Juan Tercerista Juana Araya Guerrero Otros ejecutivos Rol N° 753-2021.- (C-3630-2019 Segundo Juzgado de Letras de La Serena) La Serena, once de febrero de dos mil veintidós. VISTOS: 1°. Que, la Corte advierte que la decisión del tribunal a quo se enmarca dentro del contexto jurídico y fáctico propio de la tercería de posesión, y lo pedido por el incidentista
¿Necesitas analizar esta sentencia?
Usa nuestro asistente de IA para buscar precedentes similares, extraer argumentos jurídicos y fundamentar tu posición.
Usar IA Jurídica